Evolución jurisprudencial sobre la validez de la firma electrónica en contratos fintech
DOI:
https://doi.org/10.19137/perspectivas-2025-v15n2a02Palabras clave:
firma electrónica, firma digital, contratos fintech, contratos de consumo, jurisprudenciaResumen
Este trabajo analiza la evolución jurisprudencial sobre la validez de la firma electrónica en contratos fintech en Argentina a partir de que a consecuencia de la redacción de dos normas jurídicas que la reconocen, la ley 25.506 y posteriormente el artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación, los autores discrepan en torno de su eficacia. El gran impacto del uso de las herramientas tecnológicas en las relaciones jurídicas, -particularmente en los contratos con firma electrónica en contratos fintech-, trajo aparejado que la jurisprudencia -en un principio- no le reconociera eficacia especialmente en procesos ejecutivos por cobro de préstamos de dinero.
A través del análisis de casos judiciales, se muestra cómo la jurisprudencia ha evolucionado en su interpretación y aplicación de la firma electrónica, destacando la importancia de la seguridad y la autenticación en las transacciones digitales. Finalmente, se concluye que los documentos firmados electrónicamente son susceptibles de tramitar mediante el proceso ejecutivo y deben ser reconocidos judicialmente como instrumentos hábiles para la preparación de la vía ejecutiva.
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