DOI: http://dx.doi.org/10.19137/qs.v23i2.2559


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ARTÍCULOS

 

Derrotas militares, ¿acusaciones políticas? Los juicios contra los jefes de las campañas al Paraguay y al Alto Perú, 1811-1813

Military defeats, political accusations? Trials against the leaders of the campaigns to Paraguay and Alto Perú, 1811-1813

Derrotas militares, acusações políticas? Os juízos contra os chefes das campanhas ao Paraguai e ao Alto Perú, 1811-1813

 

Irina Polastrelli
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Universidad Nacional de Rosario. Instituto de Estudios Críticos en Humanidades
Argentina
Correo electrónico: iripolastrelli@gmail.com

 

Resumen: Este artículo analiza expedientes judiciales iniciados por derrotas militares: el proceso contra Manuel Belgrano por su actuación en el Paraguay, la residencia a Juan José Castelli para evaluar su desempeño como representante de la Junta Provisional de Gobierno en el Alto Perú y la causa contra Antonio González Balcarce luego del desastre de Huaqui. Las expediciones al Paraguay y al Alto Perú fueron las primeras enviadas por la Junta porteña para asegurar la obediencia de dos jurisdicciones clave del Virreinato del Río de la Plata. Tras el fracaso de las campañas, el gobierno revolucionario enjuició a sus jefes políticos y militares a fin de neutralizar las oposiciones abiertas y vigilar las adhesiones tibias. Además de dicha intención, los juicios estudiados exhiben las tensiones que la guerra generó entre las funciones y responsabilidades.

Palabras clave: Procesos judiciales; Política; Guerra; Revolución

Abstract: This article analyzes legal proceedings initiated by military defeats: the trial against Manuel Belgrano for his actions in Paraguay, the trial of residence to Juan José Castelli to evaluate his carrying out as representative of Provisional Government Junta and the lawsuit against Antonio González Balcarce after the disaster of Huaqui. Expeditions to Paraguay and Alto Perú were the first sent by the Junta of Buenos Aires to ensure the obedience of two key jurisdictions of Viceroyalty of Río de la Plata. After the failure of the campaigns, the revolutionary government prosecuted political and military leaders in order to neutralize openly oppositions and tepid adherences. In addition to this intention, the trials show the tensions that the war caused between military and political duties and responsibilities.

Keywords Ttrials; Politics; War; Revolution

Resumo: Este artigo analisa registros judiciais iniciados pelas derrotas militares: o processo contra Manuel Belgrano por suas ações no Paraguai, a residência a Juan José Castelli para avaliar seu desempenho como representante da Junta Provisional do Governo no Alto Perú e a causa contra Antônio Gonzalez Balcarce após o desastre de Huaqui. As expedições ao Paraguai e ao Alto Perú foram as primeiras enviadas pela Junta Porteña para garantir a obediência de duas jurisdições chaves do Vice-reino do Rio da Prata. Após o fracasso das campanhas, o governo revolucionário julgou aos seus chefes políticos e militares com a finalidade de neutralizar as oposições abertas e vigiar as adesões pouco firmes. Ademais de tais intensões, os juízos estudados exibem as tensões que a guerra gerou entre as funções e as responsabilidades militares e políticas.

Palavras-chave: processos judiciais; Política; Guerra; Revolução

 

Introducción

Las nuevas preocupaciones que animaron el acercamiento al campo de la tradicional historia militar –enfocada en los aspectos tácticos y operativos de la guerra– han redundado en avances significativos respecto de otras dimensiones de la experiencia bélica revolucionaria.1 El interés por temas nodales como la violencia, la militarización y la politización impulsadas por las “guerras de la revolución” (Fradkin, 2008), así como también la propagación de nuevos valores, solidaridades e identidades políticas y el surgimiento de liderazgos político-militares, se tradujo en los últimos años en una vasta producción bibliográfica.2 Entendida como una experiencia de masas de máxima intensidad que impactó en todos los planos de la sociedad y abarcó desde los inicios de la crisis colonial hasta mediados del siglo XIX, la guerra se convierte en un escenario (más que en una variable) para entender muchas de las acciones individuales y colectivas del período.
Es conocido el rol protagónico que los jefes y los oficiales militares desempeñaron en el proceso revolucionario, tanto en la comandancia de tropas como en el ejercicio de cargos políticos en diferentes niveles y espacios de la administración (Morea, 2015). La prolongación del conflicto armado, el involucramiento de gran parte de la sociedad (debido al reclutamiento de hombres y a la demanda de recursos), la desaparición de viejas corporaciones y el desplazamiento de la burocracia colonial convirtieron a los ejércitos revolucionarios en actores políticos clave y factores de poder ineludibles, y a los militares en uno de los estamentos con mayor peso en el nuevo orden (Halperin Donghi, 2005, p. 204). La oficialidad conformó una comunidad de actores que, a partir de la incorporación de normas y dispositivos, plasmó su concepción e imaginario respecto del servicio militar y de la política, sus maneras de fundar legitimidad y de lograr consenso, dando así características propias a la formación de la nueva dirigencia revolucionaria (Macías, 2015). El respaldo de quienes hicieron de las armas su profesión resultó fundamental para el éxito de la empresa revolucionaria y el sostenimiento de los proyectos políticos (Morea, 2015).
De las múltiples dimensiones que abarcó el vínculo entre guerra y política, este artículo se ocupa de las relaciones entre el estamento militar y el poder político en el ámbito de la justicia. Particularmente, analiza cómo las derrotas en los campos de batalla fueron ocasiones propicias para enjuiciar y neutralizar a jefes militares y políticos que provocaron suspicacia en los gobiernos de turno al estar su adhesión puesta en entredicho. Este trabajo se centra, por lo tanto, en el estudio del proceso judicial contra Manuel Belgrano por su “conducta militar” en la expedición al Paraguay, la residencia a Juan José Castelli para examinar su “conducta pública” en la campaña al Alto Perú y el procesamiento de Antonio González Balcarce, jefe del Ejército Auxiliar del Perú, luego del desastre de Huaqui. Los juicios fueron seleccionados porque las expediciones al Paraguay y al Alto Perú fueron las primeras enviadas por el gobierno revolucionario asentado en Buenos Aires para resguardar la lealtad de dos jurisdicciones clave del Virreinato del Río de la Plata. Pero también, porque en dichos procesamientos queda expuesta la complicada e imprecisa demarcación entre funciones y responsabilidades militares y políticas en un contexto en el que los enfrentamientos bélicos comenzaron a estar mediados por principios políticos de legitimación y organización del poder.3

Los cargos contra Manuel Belgrano por su “conducta militar” en el Paraguay

Al recibir noticias de la formación de la Regencia de Cádiz y de la Junta porteña, el gobernador de Paraguay convocó un cabildo abierto que decidió, el 24 de julio de 1810, aceptar la autoridad de la primera y mantener buenas relaciones con la segunda (Pottbast, 2009). Pero la Junta rechazó la resolución y, además de imponer un bloqueo comercial a la intendencia, decidió “auxiliar con fuerza armada a los pueblos de la Banda Oriental, Santa Fe, Corrientes y Paraguay” para protegerlos de “los enemigos” de la “justa causa” y restituir “la obediencia y tranquilidad” perturbadas por las “violencias de Montevideo”. El vocal Manuel Belgrano fue designado general en jefe del ejército y “verdadero representante de la Junta”.4 Años después, Belgrano diría que, a pesar de que sus “conocimientos militares eran muy cortos”, había aceptado el nombramiento para hallarse “en servicio activo” porque vislumbraba “una semilla de división” en la Junta.5 Sin embargo, con su alejamiento no evitaría verse involucrado en esa inicial disputa por el poder. Belgrano partió con instrucciones al frente de trescientos setenta y cinco hombres, que se elevaron a mil en Santa Fe y Entre Ríos. A fines de 1810, la expedición llegó a Misiones, cruzó el río Paraná y dispersó a la defensa paraguaya en Campichuelo. Pero el 19 de enero fue derrotada en Paraguarí y retrocedió hasta el río Tacuarí. En marzo fue vencida por el general Manuel Cabañas con mil quinientos soldados. Belgrano firmó un armisticio que aceptaba la formación de una junta en Asunción y garantizaba el libre comercio por el Paraná, a cambio de asegurarse la retirada pacífica para su ejército (Halperin Donghi, 2010, pp. 65-66). Dos meses después, Paraguay transitaría su propia revolución. En mayo de 1811 un movimiento (conformado por militares temerosos del expansionismo brasileño) destituyó al gobernador, llamó a un congreso, constituyó una junta de gobierno e instauró una independencia de hecho, tanto de Buenos Aires como de Cádiz. Gaspar Rodríguez de Francia se convertiría en la figura preponderante de la política paraguaya hasta 1840, período en el que mantuvo al territorio aislado de los conflictos acaecidos en el Río de la Plata.6 El vínculo entre la revolución de Paraguay y la expedición de Belgrano es señalado frecuentemente por la historiografía tradicional. Suele indicarse que la misión militar fracasó porque actuó sin asegurarse un escenario político propicio, pero también se apunta que fue exitosa al propagar los ideales que desencadenaron la revolución paraguaya y al aislar la reacción de Montevideo. Belgrano es considerado “promotor” de la independencia paraguaya. Lo cierto es que Paraguay dejó de preocupar a los revolucionarios de Buenos Aires lo que explicaría en gran medida que su separatismo concitara escasa oposición (Halperin Donghi, 2010, p. 66). Así, mientras Paraguay se aislaba, la Junta debió afrontar las amenazas realistas provenientes de la Banda Oriental y del Alto Perú. El Este se reveló un frente de guerra complejo por su cercanía con la Junta porteña, la flota naval realista allí asentada y el regreso de Francisco Javier de Elío como virrey a comienzos de 1811. Sin embargo, la revolución encontró apoyo en la campaña oriental: en mayo, Gervasio José Artigas lideró el sitio de Montevideo. Pero, la intervención portuguesa forzó la firma de un armisticio que provocó el éxodo de la población rural oriental hacia Entre Ríos y que tensó la relación entre Buenos Aires y Artigas. El segundo sitio de Montevideo, iniciado en octubre de 1812, exhibió nuevas rispideces cuando el jefe de los orientales se negó a sumar sus fuerzas mientras Manuel de Sarratea estuviese al mando. El rechazo de los diputados de la Banda Oriental en la Asamblea General Constituyente desembocó en la ruptura total con Artigas, que en enero de 1814 abandonó el sitio. Finalmente, Montevideo capituló ante las tropas porteñas comandadas por Carlos de Alvear en junio de ese mismo año (Frega, 2012).
En el Norte, la victoria obtenida en Suipacha a fines de 1810 insufló el ánimo de la expedición militar enviada por la Junta. Pero meses después, a la debacle de Huaqui seguiría el repliegue de las tropas y el éxodo de la población jujeña ordenado por el Triunvirato y organizado por Belgrano. A pesar de las victorias de Tucumán en septiembre de 1812 y de Salta en febrero de 1813, el Ejército del Norte fue nuevamente derrotado en Vilcapugio y Ayohúma. En 1815 las tropas revolucionarias se retiraron definitivamente y la defensa de la frontera norte quedó en manos de Martín de Güemes (Ternavasio, 2009; Halperin Donghi, 2010). Las adversidades afrontadas en el espacio altoperuano llevaron a José de San Martín (tras un breve paso por la comandancia del ejército) a trazar una nueva estrategia militar consistente en la formación de un ejército en Cuyo para cruzar los Andes, liberar a Chile y avanzar sobre Perú (Rabinovich, 2016). Los esfuerzos de guerra realizados (o no) por Buenos Aires en el Alto Perú, en la Banda Oriental y en Paraguay se advierten también en las disímiles consideraciones sobre dichos espacios, y por ende, de los juicios que evaluaron el fracaso de las campañas militares.
El enjuiciamiento de Belgrano fue un reclamo del movimiento del 5 y 6 de abril de 1811. El episodio cristalizó la división entre la tendencia más moderada al interior de la Junta, liderada por su presidente Cornelio Saavedra y la más radical encabezada por el secretario Mariano Moreno. Ya en diciembre de 1810, los saavedristas habían logrado incorporar a los representantes de las ciudades del interior como diputados, imponiéndose sobre los morenistas que pretendían que conformaran un congreso constituyente. Pero los primeros días de abril de 1811 marcarían la victoria definitiva de los seguidores de Saavedra: una movilización, liderada por alcaldes de barrios, elevó un petitorio al Cabildo exigiendo la destitución de los miembros morenistas de la Junta, así como la expatriación y confinamiento de sus allegados. Belgrano pertenecía al grupo morenista desplazado y las derrotas sufridas en Paraguarí y Tacuarí fueron usadas para su desacreditación. El espíritu marcial y triunfalista encendido con las invasiones inglesas había calado en todas las capas sociales de Buenos Aires (Di Meglio, 2007, p. 106). A partir de 1810, el compromiso con la empresa bélica y política consolidó ese espíritu y definió la esencia del patriotismo: quienes se embarcaran en la defensa del nuevo orden debían caracterizarse por su valor guerrero y aspirar a la gloria militar (Rabinovich, 2009). Así como las victorias militares se convirtieron en ocasiones favorables para celebrar y exaltar al gobierno, las derrotas propiciaron el enjuiciamiento de aquellos considerados responsables.
Tres artículos del petitorio comprendían a Belgrano. En el trece, “el pueblo” reclamaba que fuera citado en la capital para responder por su actuación en la expedición destinada al “auxilio” de los “hermanos paraguayos”. En el catorce reclamaba que “en lo sucesivo ningún vocal de la Junta” cumpliera “diferente destino” del que era “privativo á su instituto”, ni fuese “separado para el mando de qualquiera expedición”. Esta demanda alcanzaba a Belgrano y a su primo Juan José Castelli, enviado al Alto Perú. Se cargaba contra la concentración de funciones militares y políticas en una misma persona, pero también contra el peligro que suponía que dos adversarios de la tendencia saavedrista tuviesen bajo su mando fuerzas militares y contaran con un factor de poder desequilibrante en las disputas políticas. El artículo quince especificaba que solamente Saavedra y Antonio González Balcarce debían mantener los grados de brigadieres; los demás despachos quedarían sin efecto hasta tanto “el congreso general” los aprobase, entre ellos el otorgado a Belgrano a comienzos de 1811.7
La Junta Grande ordenó a Belgrano regresar a la capital y en junio designó al coronel del Regimiento América Marcos González Balcarce como fiscal para juzgar sus “procedimientos y conducta militar” en “la expedición del Norte”.8 Balcarce interrogó a los testigos sobre las observaciones realizadas en el campo enemigo, los víveres y pertrechos del campamento, las deliberaciones en la junta de guerra, las disposiciones durante los ataques, el sitio donde se encontraba Belgrano y las divisiones ausentes en Paraguarí y Tacuarí. Algunos testimonios mostraron discrepancias con el plan de acción de Belgrano. El gobernador de Misiones Tomás de Rocamora explicó que debía reunir sus tropas para atacar en Paraguarí, pero que el itinerario marcado no le había permitido llegar a tiempo. El mayor Gregorio Perdriel remarcó que la instrucción del gobierno de “no aventurar acción sin ventaja conocida” no había sido comunicada en la junta de guerra previa a Paraguarí y que el asalto a las tropas paraguayas se había basado en “el desprecio” que se tenía “á los enemigos”. El teniente Cayetano Martínez se quejó de que el general en jefe lo había separado de su puesto por escribirle a su padre que el ejército “estaba sitiado” y coincidió en que Rocamora se había retrasado por culpa de la ruta trazada. Aseguró además que el vocal Miguel Azcuénaga, que acompañaba la expedición, había impedido comunicar los hechos a la Junta.9
Veinte alcaldes de barrio y algunos tenientes (entre ellos el principal promotor del movimiento del 5 y 6 de abril, Tomás Grigena) indicaron que no tenían acusaciones contra Belgrano y aclararon que el petitorio solamente había solicitado que se juzgara “según derecho al General”. Por su parte, un grupo de oficiales destacado en la Banda Oriental a las órdenes de Miguel Estanislao Soler, dirigió al fiscal un elogioso informe sobre “la fina política y madura prudencia” con la que Belgrano había actuado en el Paraguay, manteniendo “la tropa en la más perfecta disciplina” y llenándola “de un fuego verdaderamente militar”. En su defensa, Belgrano afirmó que había pretendido “ser útil [con sus] cortos conocimientos” a la “causa sagrada de la Patria”, especialmente para “entablar relaciones sólidas y ventajosas” con el Paraguay. Lamentaba que su “honor” se hallara “manchado” y “degradado”, apareciendo “ante el mundo como un delincuente”, por lo que solicitaba ser prontamente juzgado.10
La Junta Grande obró como tribunal puesto que no designó comisión militar para dictar sentencia. También había oficiado como juez colegiado en las causas contra los vocales morenistas desterrados luego del 5 y 6 de abril de 1811, concentrando así el enjuiciamiento de sus opositores políticos y militares (Polastrelli, 2019). Sin embargo, la suerte de Belgrano distó de ser la misma que la de sus aliados. El 9 de agosto de 1811 la Junta declaró que se había conducido en Paraguay con “valor, celo y constancia dignos del reconocimiento de la patria” y le repuso “los grados y honores” suspendidos. Al igual que la remoción de los vocales morenistas, el enjuiciamiento de Belgrano, más que en el fracaso que significó la campaña al Paraguay, se había validado por la demanda del pueblo de Buenos Aires. En definitiva, el pueblo estaba actuando como un juez (o un fiscal) al considerar que el general en jefe no había cumplido los “deberes” impuestos por “la alta confianza” de la “patria”. Restaba que dicha apreciación fuese ratificada o rectificada a partir de un procedimiento formal. Así lo explicaba la Junta en un comunicado publicado en la Gazeta:

D. Manuel Belgrano fue llamado á esta capital en conseqüencia dé las peticiones del pueblo del 6 de abril; y se presentó inmediatamente. La patria tenia derecho á ser satisfecha en las dudas, y cargos, que había concebido sobre su conducta: pero él habló, y en un juicio formal los ha desvanecido enteramente.11

La “patria” era en este alegato el sujeto colectivo al que debía rendirse explicaciones de lo actuado. Pero más allá de esta retórica que buscaba entrelazar los derechos del pueblo y la exhibición de un juicio formalizado por parte del gobierno, es posible que en el decreto que dio por terminada la causa contra Belgrano haya pesado la derrota del Ejército Auxiliar del Perú en Huaqui el 20 de junio. A ello se sumaba la crítica situación de la Banda Oriental: mientras las tropas revolucionarias mantenían el sitio de Montevideo, la flota realista controlaba los ríos y el ejército portugués avanzaba sobre el territorio. Jaqueada en esos dos frentes, la Junta libró a Belgrano de cualquier cargo por su desempeño militar de manera expeditiva y ni siquiera pidió la rendición de su comisión como representante.12 Radicalmente diferente fue lo ocurrido con la causa del Desaguadero, cuyo desarrollo complicó a los actores involucrados.

Juan José Castelli y el examen de su “conducta pública” en el Alto Perú

A comienzos de septiembre de 1810, luego de fusilar a los contrarrevolucionarios de Córdoba liderados por Santiago de Liniers, Juan José Castelli tomó el mando político del Ejército Auxiliar del Perú. El territorio altoperuano era un reto por la complejidad de sus relaciones sociales, su lejanía y el límite con el Virreinato del Perú, el más poderoso de los bastiones realistas.13 Por eso la Junta lo nombró además su representante y le otorgó instrucciones para la conducción de la expedición. Las instrucciones enumeraban disposiciones de orden político y estratégico-militar que eran a la vez un diagnóstico de la Junta sobre la situación: la revolución debía ser defendida con las armas, pero también debía construirse un poder sobre bases territoriales y sociales más amplias, contando con la adhesión de los pueblos (Wasserman, 2011, pp. 113-115).
Castelli se reincorporó al ejército comandado por Antonio González Balcarce y una Junta de Observación. Pero fue adquiriendo mayor capacidad de decisión política y militar y menoscabó la autoridad de la Junta, que finalmente fue disuelta. El mando supremo del ejército recayó en Castelli y el control meramente militar en Balcarce junto a su plana mayor. Según Virginia Macchi (2012), la reestructuración en el reparto del poder dentro del ejército exponía un cambio en la concepción de la cuestión militar, que pasó a entenderse como un instrumento de la política. La transferencia del gobierno de lo militar a la autoridad política muestra que la función del militar era pensada como la de consejero del hombre de la política. El tema de los roles y las responsabilidades de Castelli y Balcarce luego del desastroso desenlace de la batalla de Huaqui sería ampliamente debatido en la causa del Desaguadero.
La derrota sufrida por el ejército en las inmediaciones del río Desaguadero el 20 de junio de 1811 a manos realistas supuso un duro golpe para la revolución ya que significó la pérdida del Alto Perú. Castelli había firmado con el general Juan Manuel de Goyeneche un armisticio de cuarenta días. Pero Goyeneche se enteró de los preparativos del ejército revolucionario para quebrarlo y adelantó su ataque. A pesar de que algunas divisiones resistieron el embate de las tropas realistas durante horas, una ola de pánico se apoderó de las filas provocando la catastrófica desbandada del Ejército Auxiliar del Perú (Rabinovich, 2017).
La Junta Grande relevó a Castelli como su representante en la campaña militar y le formó un juicio de residencia para que rindiese su comisión, que se inició agregado a la causa del Desaguadero, aunque por cuerda separada. Castelli recibió la notificación del juicio y la orden de dirigirse a Catamarca cuando se encontraba en Tucumán, pero desobedeció y se dirigió a Buenos Aires. Cuando arribó a la capital a fines de 1811, se había producido un cambio sustancial en el gobierno. Un nuevo poder ejecutivo de tres miembros, el Triunvirato, había disuelto la Junta Conservadora (sucesora de la Junta Grande) desplazando así a sus enemigos saavedristas. Sin embargo, su situación no varió y fue detenido en el cuartel del Regimiento de Patricios. Esta medida, tomada antes de formarse cargos en su contra, fue cuestionada por Castelli a partir del decreto de seguridad individual promulgado en noviembre, que en su segundo artículo establecía que ningún ciudadano podía ser arrestado sin pruebas o indicios vehementes de crimen.14
El Triunvirato nombró fiscales a Vicente Anastasio Echevarría y José Miguel Carvallo para realizar un “riguroso examen” de la “conducta pública” de su representante y de “la desgraciada dispersión de Huaqui”.15 Castelli recusó a Echevarría arguyendo que dudaba de su imparcialidad por su cercanía a Liniers (Wasserman, 2011, p. 227). Fue designado Antonio Álvarez Jonte, que se excusó bajo el pretexto de que su función de regidor en el Cabildo no le permitiría ocuparse de una causa que exigía “la más ejecutiva brevedad”, además de ser “un problema” que involucraba “la opinión de Buenos Aires”.16 Su lugar fue ocupado por Tomás Antonio Valle.
El cuestionario redactado por los jueces para interrogar a los testigos comprendía cuestiones de diversa índole. Un conjunto de preguntas recabó información sobre la derrota de Huaqui: el estado de las tropas, las discordias entre los oficiales, la disciplina del ejército, las deliberaciones en junta de guerra, el responsable de quebrar el armisticio firmado con los realistas, la retirada precipitada del campo de batalla de Castelli y Balcarce.17 Otra serie de preguntas indagó sobre el comportamiento de Castelli como funcionario comisionado por el gobierno. Por un lado, los jueces evaluaron el cumplimiento de las instrucciones , pero también si había recibido “regalos o cohechos”, despreciado “las leyes sin que premiase el mérito, ni castigase el delito”, entablado “comunicación, o trato carnal con mujeres”, adquirido el “vicio de bebidas fuertes” o del “juego” y propagado ideas antirreligiosas permitiendo el “libertinaje” dentro del ejército”.18
Resulta pertinente destacar dos preguntas para delinear las acusaciones de tenor político que pesaron sobre Castelli. En primer lugar, los jueces investigaron si el representante había atacado “la fidelidad” al rey Fernando VII “procurando introducir el sistema de libertad, igualdad, e independencia”. Algunos negaron la acusación, como el coronel Luciano de Montes de Oca, quien sostuvo que el ejército había defendido “los derechos del señor Fernando séptimo” o, como Juan Antonio Argerich, que dijo recordar una proclama de Castelli en la que explicaba “el verdadero sentido de la voz independencia en contraposición de la que aplica[ban] los enemigos del sistema”. Pero otros plantearon dudas sobre el proceder del representante. Eusebio Suárez aseguró que en una conversación “sobre el sistema” había oído decir a Castelli que no se debía “reconocer ninguna testa coronada”, aunque sabía que “para los actos públicos” se valía “del nombre del señor Fernando VII”. Esteban Figueroa opinó que “los más de los oficiales del ejército aspiraban a la independencia” y despreciaban al rey cautivo, porque se “quitaban y arrojaban por el suelo su retrato puesto sobre la escarapela”. Gregorio Zeballos también comentó que había escuchado que algunos oficiales querían “establecer un nuevo gobierno” pero desconocía si dichas proposiciones habían llegado a Castelli.19
En segundo lugar, los fiscales averiguaron si habían existido “designios de atacar la autoridad del superior gobierno” al intentar formar “en Potosí el congreso de las provincias del alto Perú”. El médico Juan Madera respondió que “los conatos del doctor Castelli” buscaban “sostener la dependencia de las provincias del Alto Perú” al “supremo gobierno… sofocando muchas quejas” de “sus naturales”. Pero Figueroa contestó que a raíz “de lo acaecido en [la] capital el cinco y seis de abril” de 1811 se había comentado “que concluida la función del Desaguadero, se debía atacar Buenos Aires”, mientras que José Bolaños añadió que se habían hecho “mociones en el ejército” porque “se creía que el gobierno pretendía entregar el reino a la señora Carlota”.20
Quizás la declaración más sugestiva fue la de Bernardo de Monteagudo. Alineado a las posturas radicales de Castelli, lideraba la posición más proclive a la independencia de la Sociedad Patriótica, conformada a comienzos de 1812 en oposición a la política moderada del Triunvirato. Monteagudo manifestó que se había atacado “formalmente el dominio ilegítimo de los reyes de España" y que Castelli había propagado “por todos los medios directos e indirectos el sistema de igualdad e independencia”. Agregó que “era de opinión general en todas las provincias después de los sucesos del 5 y 6 de abril formar el congreso en Charcas o Potosí” y que Castelli “no se hubiera opuesto”. Por último reconocía que el representante estaba dispuesto a avanzar sobre la capital porteña para restituir a los vocales desplazados de la Junta y que había ordenado a los pueblos del Perú no acatar las directivas de Buenos Aires, entre ellas, la de enviar diputados.21 Cabe destacar que Monteagudo testificó en junio de 1812 cuando el cáncer de lengua ya consumía a Castelli, por lo que es probable que contara con su autorización para expresarse con honestidad frente a los jueces y dar una declaración testimonial de puro contenido político en el convulsionado clima que se vivía en esos días (Wasserman, 2011, pp. 231-232).
El hecho de que gran parte de las declaraciones se produjeran durante la primera mitad de 1812, antes de la conspiración de los españoles liderada por Martín de Alzaga, exhibe las incertidumbres que se experimentaban respecto del futuro de la revolución. La conspiración obró como detonante para que el gobierno –fuertemente criticado por los sectores opositores más radicales– buscara mostrarse menos dubitativo a la hora de definir su política frente a los enemigos del nuevo orden. Pero la ambigüedad jurídica imperante y la inestable correlación de fuerzas del momento, habilitaban a interpretar el testimonio aportado por Monteagudo como una prueba condenatoria al confirmar que Castelli había atentado contra el monarca español y alentado la difusión de ideas independentistas. A esto se sumaba su reconocido encono contra el gobierno por el desplazamiento de sus aliados políticos de la por entonces Junta Grande en abril de 1811. Encono que lo había llevado a incitar a la desobediencia y a blandir la amenaza de un avance militar sobre la capital. Saavedra, el gran antagonista político de Castelli, retomó años más tarde esta acusación sobre el representante para defenderse de los cargos que enfrentó durante el juicio de residencia dispuesto por la Asamblea del año XIII:

El doctor Juan José Castelli se hallaba en el Desaguadero de representante del gobierno; él había extendido sus facultades de tal hasta hacerse general del ejército, teniendo éste los suyos nombrados. Era íntimo amigo de los señores agraviados, y por abogar a favor de ellos, desacreditó al gobierno…Confió imprudentemente en sus fuerzas; con ellas se imaginó, no sólo acabar con las de Goyeneche, penetrar y subyugar todo el virreinato de Lima, sino también venir hasta Buenos Aires a desagraviar a sus amigos y dar en tierra a sus opresores.22

Las acusaciones cruzadas evidenciaban la contienda entre morenistas y saavedristas por hacerse con el liderazgo en los primeros tramos de la revolución. Esa contienda se articuló con conflictos preexistentes con las élites locales y con tensiones latentes en el ejército. La fractura en la conducción del mismo (Castelli, Balcarce y Eustaquio Díaz Vélez engrosaron la fracción morenista, mientras que Juan José Viamonte se encolumnó en la saavedrista) era una muestra de ello (Macchi, 2012). Así, mientras los detractores tildaron al gobierno de carlotista (entre los que se encontraba el propio Castelli cuyo pasado carlotista era evidente), éste no solo cuestionó la moral de su representante o la capacidad de Balcarce para mantener la disciplina en el campamento, sino que también los acusó de propagar “el sistema de la libertad, la igualdad y la independencia contra los legítimos derechos de los reyes de España”.23
En una situación cargada de incertidumbres, la disputa por las palabras resultaba crucial. ¿Qué era lo que se entendía por independencia, igualdad y libertad? Los diferentes argumentos esbozados por los actores habilitaban diversas lecturas de la revolución y su rumbo. Castelli, un maestro de la retórica, que en su defensa a Diego Paroissien y Saturnino Rodríguez Peña a comienzos de 1810 había hecho un ejercicio magistral para modular el concepto de independencia intentando despojarlo de toda connotación revolucionaria y rupturista, se hallaba ahora en el banquillo de los acusados recibiendo de sus jueces –de un gobierno revolucionario– los mismos cargos que se le habían imputado a sus defendidos en el orden colonial.24
Hasta la derrota de Huaqui, Castelli había representado un peligro para la Junta Grande al ser el único dirigente de la tendencia morenista sin neutralizar y que contaba además con poder real: era su representante y lideraba un poderoso ejército que había ocupado el Alto Perú luego de la victoria de Suipacha. Su destitución podía acarrear consecuencias impredecibles y ser leída por los enemigos realistas como una muestra de las divisiones internas de la dirigencia revolucionaria (Wasserman, 2011, p. 175). La debacle del Desaguadero le presentaría al gobierno la oportunidad para revocarle su nombramiento, arrestarlo y enjuiciarlo, desplazándolo definitivamente de la escena política. 25
El 8 de octubre de 1812, un movimiento militar y civil (integrado por la Sociedad Patriótica, la Logia Lautaro y sectores ligados al artiguismo) reemplazó a los miembros del poder ejecutivo y dio inicio a la etapa más radical de la revolución inaugurada en 1810. A los pocos días, Castelli murió y la causa se suspendió definitivamente. Según Fabio Wasserman (2011), la naturaleza de la causa, que evaluaba la comisión desempeñada por el representante en el Alto Perú, hacía indispensable que hubiese un imputado porque de lo contrario no había asunto susceptible de ser juzgado. Además, se trataba de un proceso singular, incluso si se lo cataloga como un juicio de residencia, porque los jueces definieron en el cuestionario los posibles delitos cometidos antes de que funcionarios o particulares hicieran acusaciones, por ejemplo, por mal desempeño.26 El enjuiciamiento de Castelli es también peculiar porque su caso fue el único examinado con este mecanismo de manera individual, ya que durante la primera década revolucionaria siempre se realizaron revisiones conjuntas del desempeño de los gobernantes desplazados (Polastrelli, 2017).

Huaqui y la responsabilidad de Antonio González Balcarce como jefe del ejército

El principal imputado en la causa del Desaguadero fue Antonio González Balcarce, quien luego de ser destituido como general en jefe del ejército en el Alto Perú, marchó a Buenos Aires. Hacia fines de 1811, uno de los fiscales nombrados por el Triunvirato, Nicolás de Vedia, comenzó a interrogar a los testigos sobre la instrucción y la disciplina de las tropas, su estado y posición al ser atacadas por Goyeneche, las maniobras durante la batalla, el plan de repliegue y el punto de reunión en caso de dispersión, los actos de violencia cometidos en la retirada, el responsable de la derrota. El ayudante mayor Antonio Villalta señaló que las “conferencias militares” eran habituales y que la tropa realizaba ejercicios frecuentes, mientras que el capitán Eustaquio Moldes resaltó que “embriagueces, robos triviales y otros semejantes males” eran castigados por González Balcarce y Castelli. Sobre la derrota de Huaqui, testigos (entre ellos, los oficiales Jacobo García, Domingo Albariño y Nicolás de Oliveros, y el médico Diego Paroissien) señalaron como responsable a Viamonte –por rehusarse a auxiliar con su división a la de Díaz Vélez que aventajaba a las filas enemigas– y que no había un plan de repliegue ni un punto de encuentro acordado en caso de desbande del ejército. Finalmente, casi todos admitieron que la tropa había perpetrado en su retirada toda “especie de excesos, robando, violentando casas y aun matando a los que trataban de defender sus propiedades”, aunque Moldes añadió que dicho comportamiento había sido azuzado por “la oposición” de “los habitantes de aquellos caminos”. Bernardo de Monteagudo, enumeró tres razones para explicar los desórdenes: el “mal ejemplo” de los oficiales, “el despecho” por la “derrota imprevista”, los “movimientos” de Oruro y los “escándalos” en Potosí, más las “sediciones de Sicasica y otros puntos luego del repliegue”.27
Comparado con el proceso contra Belgrano, el de Balcarce no tuvo una resolución expeditiva. Prueba de ello es la larga lista de fiscales que desfilaron por la causa. Miguel Irigoyen, Nicolás de Vedia, Juan José Moreno, José María Cabrer, Prudencio Murguidondo y Ventura Vázquez fueron designados entre diciembre de 1811 y diciembre de 1813. Los cambios continuos de fiscales no constituyeron el único escollo que debió sortear el sumario. En las nueve representaciones que presentó al Triunvirato, Balcarce se quejó reiteradamente por la falta de testimonios y la imposibilidad de cotejar versiones de declarantes que se encontraban con el ejército en otros.28 También cuestionó el arresto que sufría en su casa desde noviembre de 1811 a partir de dos argumentos. El primero era que no podía ser considerado un delito haber liderado un ejército derrotado antes de ser procesado su comportamiento en el campo de batalla; en consecuencia, su prisión no tenía justificativo porque no se habían levantado cargos. El segundo se amparaba en el decreto de seguridad individual, invocado también por Castelli en su causa. Balcarce se movía así entre dos discursos jurídicos, el de las ordenanzas militares preexistentes y el de los nuevos principios políticos instalados por la revolución; una coexistencia de lenguajes muy característica de la década revolucionaria (Abásolo, 2002).
Balcarce repitió en sus protestas y en las dos declaraciones frente al fiscal que la causa era infundada porque, a pesar de su título de general en jefe, había tenido que sujetarse “a las órdenes del señor representante” desde su incorporación hasta junio de 1811, cuando recibió la comunicación del gobierno que le permitía “obrar por sí en materias militares”. Añadía que las arbitrariedades alcanzaban a los cargos sometidos a consejo de guerra, porque también estaba siendo juzgado su segundo –Viamonte–, pero los jefes de las demás divisiones del ejército, como Díaz Vélez, Bolaños y Montes de Oca, no habían sido imputados.
Balcarce adivinaba que las razones de su enjuiciamiento y la demora de la causa no obedecían estrictamente a la derrota militar, sino que tenían un trasfondo político:

Pero sucedía, que por mí, no habían sido bien recibidos los acontecimientos del 6 de abril, y que estaba en desgracia y separado de la fuerza, era preciso hacerme sentir inmediatamente el rigor de los resentimientos que había fomentado mi oposición, como aconteció a otros varios que estaban en igual caso.29

El asesor Pascual Ruiz Huidobro, en el dictamen que elevó al Triunvirato en noviembre de 1812, afirmó que la causa aún no podía ser juzgada en consejo de guerra por las dificultades que atentaban contra su sustanciación (la lejanía de oficiales que debían declarar, el fallecimiento de Castelli y la insistencia de Balcarce sobre su subordinación al representante). Era preciso que, de manera excepcional, la Asamblea convocada por el Triunvirato, como “cuerpo soberano por la representación de todas las provincias”, dictara sentencia sobre el caso.30
A partir de la reunión de la Asamblea en enero de 1813, la causa del Desaguadero se ciñó a las medidas dictadas sobre la justicia militar. Ezequiel Abásolo (2002) señaló que más allá de la influencia de nuevas ideas, fue la guerra de la independencia la que gravitó en la conformación de lo penal militar patrio. Mientras las normas del corpus jurídico militar carolino eran reemplazadas desordenadamente, la experiencia bélica orientó la formación de un derecho penal castrense que pretendía contribuir a la máxima eficiencia adaptándose a las circunstancias.
En el Estatuto del 27 de febrero de 1813, la Asamblea facultó al ejecutivo para dictar las normas militares aplicables y le delegó la atribución de confirmar o revocar las sentencias de los consejos de guerra. En septiembre, como la ausencia de oficiales de graduación superior obstaculizaba la conformación de consejos militares, decretó que debían equipararse a la condición de oficiales superiores brigadieres, coroneles y tenientes coroneles, en defecto de capitanes generales y demás militares mencionados en las ordenanzas carolinas. En octubre, autorizó al ejecutivo para sentenciar en causas militares atendiendo a las “consideraciones políticas”, la escasez de oficiales y las “repetidas osilaciones” en los procesos por “los accidentes de la guerra” (Abásolo, 2002, p. 179).
Las variaciones del juicio contra Balcarce respondieron al itinerario trazado. En mayo de 1813 el fiscal requirió la formación de un consejo de guerra de tres militares, pero no se concretó inmediatamente por las excusaciones de los asignados. La comisión (finalmente conformada por Miguel de Azcuénaga, Eduardo Holmberg y Eusebio Valdenegro) informó en septiembre que las tropas habían sido conducidas con “mal método”, “batidas en detalle y derrotadas” al hallarse dispersas y “a la vista de los enemigos”. Estaba también “probada la precipitadísima retirada” del representante y del general en jefe y la influencia de su conducta en la dispersión del ejército y en los “desórdenes y alboroto” cometidos. Balcarce insistió ante el fiscal sobre su sujeción a las órdenes de Castelli, que había obtenido:

por delegación el supremo poder que reconocía la Nación: que si éste no estaba bien conferido al declarante no le tocaba averiguarlo ni disentir de lo que únicamente habían admitido y reconocido todos los pueblos: que sentado en este principio no podía haber en el ejército absolutamente otro general en jefe ni nadie que no estuviese subordinado al que ejercía la representación soberana.31

Si su cargo estaba subordinado al de Castelli, era porque existía una jerarquía entre “lo político” y “lo militar”, y por lo tanto, entre las autoridades que encarnaban esas funciones. En ese desdoblamiento, la preeminencia de la autoridad política del representante procedía, en última instancia, de la soberanía que los pueblos habían delegado en la Junta. El principio de la soberanía popular le ofrecía a Balcarce un argumento que le sustraía una cuota de responsabilidad frente al descalabro de Huaqui, adecuándose a las nuevas pautas que, con la revolución, pasaron a regular el ejercicio del poder.
Para ilustrar la relación entre las dos autoridades, Balcarce describió dos situaciones vinculadas al contexto bélico que atravesaba el Río de la Plata desde 1810. La primera planteaba una catastrófica derrota de los ejércitos revolucionarios que los obligara a replegarse en la capital para resistir a las fuerzas enemigas. En ese caso, la convivencia del “supremo Poder Ejecutivo” y “el jefe militar” se resolvería a favor de la superioridad del primero, que mandaría al segundo “sin que éste tuviera facultad para obrar con absoluta independencia”. La segunda situación se encuadraba en una estrategia discursiva que podía resultar más convincente que la anterior: la comparación entre las atribuciones de las autoridades que lideraron las expediciones enviadas por la Junta a diversos destinos. Según Balcarce, debía mirarse:

la expedición dirigida al Paraguay, y la de la Banda Oriental y se justificarán que los representantes Belgrano y Sarratea por sólo este carácter han servido el mando de generales y tenido a sus órdenes cuantos militares han estado en dichos ejércitos.32

En las expediciones al Paraguay y a la Banda Oriental, la concentración de atribuciones políticas y militares en el mando de Belgrano y Manuel de Sarratea nunca había estado en discusión puesto que no existía otra autoridad que objetara o menoscabara sus liderazgos.33 Equiparar las facultades de Castelli especialmente con las de Belgrano (ambos miembros de la Junta y destinados simultáneamente al mando de ejércitos con instrucciones), equivalía a cuestionar el deslinde de la responsabilidad política y militar que había originado su procesamiento. Balcarce dejaba así al desnudo la tensión entre las dos lógicas que regían las cadenas de mando: nadie podía sustraerse a la autoridad política que representaba la soberanía a la vez que un general en jefe requiere la subordinación de su ejército.
La causa se cerró a fines de 1813 por un acuerdo secreto del Triunvirato (integrado por Gervasio Posadas, Nicolás Rodríguez Peña y Juan Larrea) que ordenó el “silencio a las partes” y la libertad de los oficiales involucrados para prestar servicio donde fuesen requeridos. La medida había sido adoptada debido a:

la nulidad de las intrincadas y largas actuaciones que habían seguido diferentes fiscales…, por la urgencia de los peligros que rodean al Estado de resultas del retroceso y dispersión del ejército del mando del general Belgrano, en que se advierte la necesidad de jefes de conocimientos cuyas circunstancias no pueden negarse a algunos de los procesados,…y últimamente porque se ha juzgado que la pronta terminación de la causa por el indicado medio contribuiría eficazmente a sofocar el espíritu de partido, origen de nuestros atrasos.34

El derrotero del proceso y su abrupto cierre ponían en evidencia varias cuestiones. En primer lugar, la dificultad de constituir un consejo de guerra para juzgar al imputado. Más allá de que quienes debían componerlo estaban abocados a las urgencias de la guerra, las sucesivas renuncias de los militares convocados exhibían la reticencia a asumir el compromiso de condenar a un miembro de la corporación que había adquirido tanto protagonismo con la revolución. Los lamentos de Balcarce, al postular que debería tratarse de una “precisa obligación” y no de un “servicio voluntario”, reflejaban la situación del momento.35 En segundo lugar, la resolución de archivar el proceso, además de expresar la premura que imponía la guerra de dejar libres a los oficiales que contaban con “conocimientos” (especialmente a fines de 1813, luego de las derrotas del Ejército del Norte en Vilcapugio y Ayohúma), revelaba la voluntad de cubrir el suceso con un manto de “silencio”.36 Reavivar a través de la causa del Desaguadero la “memoria” del desastre de Huaqui, después de dos años y en un contexto de reciente derrota aún más preocupante, podía reanimar también el “espíritu de partido” que –según el acuerdo secreto del Triunvirato– era el “origen” de los “atrasos”. La voluntad de cerrar el proceso estaba directamente asociada a la voluntad de cerrar la puerta a cualquier escisión del cuerpo político. Cabe recordar que, hacia finales de 1813, quienes dominaban la Asamblea y el poder ejecutivo eran férreos defensores de una concepción unanimista del poder, y desde tal concepción medían las ventajas o desventajas de judicializar las responsabilidades de las autoridades comprometidas con la causa revolucionaria. Poco después y a pedido del director supremo Gervasio de Posadas, la Asamblea cerró también la residencia a quienes habían gobernado provisoriamente desde la destitución del virrey Baltazar Hidalgo de Cisneros, siendo solamente condenados al destierro Saavedra y Joaquín Campana, secretario de la Junta Grande (Polastrelli, 2017).

Consideraciones finales

Las causas ilustran las complejas relaciones político-militares que se tejieron entre quienes conformaron la nueva dirigencia surgida con la revolución y, especialmente, cómo dirimieron sus disidencias en el terreno judicial. Un terreno en el que la distinción entre las esferas política y militar se tornó confusa. Abásolo (2002) demostró que durante las primeras décadas revolucionarias no se produjeron cambios profundos en las regulaciones jurídico-militares que implicaran un desplazamiento de las creencias relativas a la especificidad y autonomía del derecho penal militar, aunque esto no impidió la progresiva recepción de nuevas ideas, como la de la seguridad individual expuesta en las argumentaciones de estas causas. Sin embargo, cuestiones como los “vicios” de los procedimientos judiciales, las dificultades para constituir comisiones militares y la dispersión de testigos moldearon la opinión de que era casi impracticable la sustanciación de los procesos militares “con arreglo a las leyes”, admitiéndose que ocasionalmente se incumpliesen los requisitos formales. El ejercicio concreto de la justicia militar se ajustó a los accidentes de la guerra y a las marchas de la revolución, como también a la manera en que los actores concibieron el servicio de armas y su papel en el escenario político (Macías, 2015).
Esta apelación a la justicia para resolver las disputas políticas entre los miembros de la dirigencia revolucionaria no constituye una excepción, sino que da cuenta de un rasgo característico de la revolución rioplatense, al menos durante la década de 1810. Las sucesivas autoridades de Buenos Aires recurrieron asiduamente a los procesamientos judiciales para dar solución también a otras situaciones conflictivas. Así, partícipes de conspiraciones, tumultos y sublevaciones que cuestionaron al poder central, y gobernantes destituidos y acusados de delitos políticos desfilaron frente a diversos tribunales y comisiones. Esta “judicialización de lo político”37 evidencia la importancia que, en la tramitación de sus enfrentamientos, la elite política le otorgó a los procesos judiciales, al utilizarlos como instancias para “criminalizar” a los opositores y aplicarles condenas justificadas (Polastrelli, 2017). Sin embargo, los vaivenes de la política revolucionaria y los constantes cambios en las correlaciones de fuerzas alteraron en muchos casos las tentativas de punir a los procesados, como ha sido advertido en este trabajo.
Es preciso preguntarse por último por qué la causa del Desaguadero asumió un contenido más político que la del Paraguay y, en relación con ello, por qué Belgrano solamente fue juzgado por su labor militar y no fue “residenciado” por su comisión siendo representante de la Junta como Castelli. Una respuesta posible se encuentra en la centralidad que tuvo el Ejército Auxiliar del Perú para los distintos gobiernos revolucionarios hasta 1815. Los esfuerzos para derrotar a las fuerzas militares del Virreinato del Perú, asegurar el control del Alto Perú y su valiosa producción de plata, convirtieron a los territorios ubicados en el norte del viejo Virreinato del Río de la Plata en el frente de guerra más importante. Las victorias y los reveses de ese ejército impactaron sensiblemente en el derrotero del movimiento revolucionario, por lo que no sería exagerado caracterizar al Ejército Auxiliar del Perú como “el ejército de la revolución” (Morea, 2015). La valoración del frente paraguayo, y por extensión, de la fuerza militar enviada al mando de Belgrano sería notoriamente distinta; tras las derrotas de Paraguarí y Tacuarí el repliegue del ejército fue definitivo y ya no se intentó reincorporar al Paraguay bajo la dependencia del foco revolucionario porteño, que se mostró poco preocupado por lo que aconteciera en ese territorio. La importancia diferencial conferida a los espacios altoperuano y paraguayo, y la desigual atención prestada a los ejércitos destinados en cada zona, se tradujeron en desarrollos específicos de los juicios que indagaron las responsabilidades políticas y/o militares de las autoridades en el mando.

Notas

1 Este artículo retoma el planteo del capítulo 4 de mi tesis doctoral Castigar la disidencia. Juicios, procesos y condenas en el interior de la elite dirigente rioplatense, 1806/1808-1820, dirigida por Marcela Ternavasio, Universidad Nacional de Rosario, 2016. Una versión previa fue presentada en el VII Congreso Regional de Historia e Historiografía, 18 al 20 de mayo de 2017, Facultad de Humanidades y Ciencias, Universidad Nacional del Litoral. Agradezco los comentarios recibidos en ambas instancias, así como las sugerencias de los evaluadores de la revista.

2 Un repaso reciente por los nuevos aportes y debates del campo en Beatriz Bragoni (2016).

3 Sobre la guerra moderna o “guerra política”, véase Anthony McFarlane (2006). 4 Nombramiento expedido por la Junta, designando al vocal Manuel Belgrano, general en jefe de las fuerzas destinadas a los pueblos de la Banda Oriental, Santa Fe, Corrientes y Paraguay. 22 de septiembre de 1810. Senado de la Nación, 1960, tomo XIV, p. 12467. 5 Expedición al Paraguay. Senado de la Nación, 1960, tomo II, p. 971.

4 Nombramiento expedido por la Junta, designando al vocal Manuel Belgrano, general en jefe de las fuerzas destinadas a los pueblos de la Banda Oriental, Santa Fe, Corrientes y Paraguay. 22 de septiembre de 1810. Senado de la Nación, 1960, tomo XIV, p. 12467. 5 Expedición al Paraguay. Senado de la Nación, 1960, tomo II, p. 971.

5 Expedición al Paraguay. Senado de la Nación, 1960, tomo II, p. 971.

6 Sobre el proceso revolucionario de Paraguay remitimos a Nidia Areces (2009), Bárbara Potthast (2009).

7 Gazeta Extraordinaria. 15 de abril de 1811. Junta de Historia y Numismática Americana, 1910, tomo II, pp. 277-293. Posteriormente, Belgrano evocó haber recibido el grado de brigadier con cierta pesadumbre, puesto que en dicho nombramiento entreveía repercusiones adversas: “el título de brigadier que me había concedido…me puso en la mayor consternación…porque preví la multitud de enemigos que debía acarrearme”. Expedición al Paraguay. Senado de la Nación, 1960, tomo II, p. 989.

8 Proceso formado al general Belgrano con motivo de la expedición al Paraguay. Carranza, 1898, tomo VIII, p. 3 (en adelante Proceso Belgrano).

9 Proceso Belgrano, pp. 12-19, 23-35, 39-ss.

10 Proceso Belgrano, pp. 62-63, 37-ss, 65-67.

11 Gazeta de Buenos Aires. 22 de agosto de 1811. Junta de Historia y Numismática Americana, 1910, tomo II, pp. 681-682.

12 Como general en jefe del Ejército del Norte inició la segunda campaña al Alto Perú y obtuvo las victorias de Tucumán y de Salta. Vencido en las batallas de Vilcapugio y Ayohúma en octubre y noviembre de 1813, fue relevado y se le instruyó un sumario (que quedó inconcluso) para esclarecer las causas del mal resultado de dichas acciones. Carranza, 1898, tomo VIII, pp. 68-147.

13 Sobre el Alto Perú, véase Armando Martínez Garnica y Manuel Chust Calero (2008), Carlos Contreras y María Luisa Soux (2009), Marta Irurozqui (2009).

14 Decreto de seguridad individual. 23 de noviembre de 1811. Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, 1956, p. 29.

15 Proceso formado al doctor Juan José Castelli. Senado de la Nación, 1960, tomo XIII, p. 11763 (en adelante Proceso Castelli).

16 Proceso Castelli, p. 11774.

17 Proceso Castelli, pp. 1777-1779.

18 Proceso Castelli, p. 11843. Sobre la trascendencia de la dimensión religiosa en la campaña militar en el Alto Perú, véase Fernando Gómez (2013).

19 Proceso Castelli, pp. 11843, 11801, 11799, 11813, 11787.

20 Proceso Castelli, pp. 11778, 11808, 11812, 11833.

21 Proceso Castelli, p. 11840.

22 Instrucción que dio don Cornelio Saavedra a su apoderado Juan de la Rosa Alba en el juicio de residencia. San Juan de la Frontera. 3 de agosto de 1814. Senado de la Nación, 1962, tomo II, p. 1062.

23 Proceso Castelli, p. 11843.

24 La causa contra Rodríguez Peña y Paroissien fue analizada en Irina Polastrelli (2016).

25 Saavedra contestaría a la acusación de haber pergeñado el enjuiciamiento de Castelli para deshacerse de él como había hecho con el resto de los morenistas en las jornadas del 5 y 6 de abril de 1811 en estos términos: “Adviértase que el suceso del 5 y 6 de abril precedió al contraste del Desaguadero, poco más de dos meses, tiempo escaso para haber tenido noticias de los males, expedido providencias oportunas, y haberse ejecutado, por la gran distancia que mediaba entre el gobierno, y el campamento de Huaqui. La separación de Castelli de la representación que obtenía, hubiera sido desde luego la más oportuna: sin dudas sus corresponsales de adentro se la anunciaron, o él se la creyó posible en aquellas circunstancias, pero aseguro también que hubiese sido muy arriesgada, y acaso ocasionado mayores males en el ejército”. Instrucción que dio don Cornelio Saavedra a su apoderado Juan de la Rosa Alba en el juicio de residencia. San Juan de la Frontera. 3 de agosto de 1814. Senado de la Nación, 1962, tomo II, p. 1125.

26 La bibliografía sobre la residencia es extensa, citamos solo el tradicional trabajo de José Mariluz Urquijo (1953).

27 Causa del Desaguadero. Senado de la Nación, 1960, tomo XIII, pp. 11571-11572, 11575-11578, 11581-11586, 11607-11609, 11626-11629, 11577-11580, 11587 (en adelante Causa). Sobre la conspiración de Oruro y los tumultos en Potosí véase Virginia Macchi (2012) y Alejandro Rabinovich (2017).

28 Causa, p. 11610.

29 Causa, pp. 11699, 11658-11670, 11703-11704.

30 Causa, pp. 11705-11706.

31 Causa, pp. 11733-11735, 11741.

32 Causa, p. 11741.

33 En abril de 1812, Sarratea, integrante del Triunvirato, se puso al frente del ejército en la Banda Oriental. En septiembre cruzó el río Uruguay e inició el segundo sitio de Montevideo. Lidió con la rivalidad de Artigas, quien unió sus fuerzas al sitio cuando Sarratea delegó el mando en José Rondeau y regresó a Buenos Aires en febrero de 1813.

34 Causa, pp. 11759-11760.

35 Causa, pp. 11723-11724.

36 Balcarce asumió como gobernador intendente de Buenos Aires en 1814 y director supremo en 1816, y combatió en el Ejército de los Andes a las órdenes de San Martín. Viamonte fue designado gobernador de Entre Ríos en 1814, participó de la sublevación contra el director Alvear en 1815, fue diputado en el Congreso General Constituyente en 1818, gobernador y representante de la provincia de Buenos Aires en varias oportunidades.

37 Tomamos la expresión de Pierre Rosanvallon (2007).

 

Referencias bibliográficas

1. Abásolo, E. (2002). El derecho penal militar en la historia argentina. Córdoba, Argentina: Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.

2. Areces, N. (2009). La independencia y los tiempos que siguieron, Paraguay 1810-1850. En I. Frasquet y A. Slemian (Eds.) De las independencias iberoamericanas a los estados nacionales (1810-1850). 200 años de historia (pp. 39-60). Madrid, España: Asociación de Historiadores Latinoamericanistas Europeos-Iberoamericana- Vervuert.

3. Bragoni B. (2016). Historias de las guerras de independencia en el Río de la Plata: algunas claves de lectura sobre viejos temas y nuevos enfoques. Investigaciones y Ensayos, 62, 124-160.

4. Carranza, A. (1898). Archivo General de la República Argentina. Buenos Aires, Argentina: Kraft.

5. Contreras, C. y Soux, M. L. (2009). La independencia del Perú y el Alto Perú. En M. Palacios (Coord.) Las independencias hispanoamericanas. Interpretaciones 200 años después (pp. 247-274). Bogotá, Colombia: Norma.

6. Di Meglio, G. (2007). ¡Viva el bajo pueblo! La plebe urbana de Buenos Aires y la política entre la Revolución de Mayo y el Rosismo. Buenos Aires, Argentina: Prometeo.

7. Fradkin, R. (2008). ¿Qué tuvo de revolucionaria la revolución de independencia? Nuevo Topo. Revista de historia y pensamiento crítico, 5, 15-43.

8. Frega, A. (2012). Soberanía y orden en la banda Oriental del Uruguay. Espacios de frontera y tiempos de revolución. En A. Annino y M. Ternavasio (Coords.) El laboratorio constitucional iberoamericano: 1807/1808-1830 (pp. 237-260). Madrid, España: Asociación de Historiadores Latinoamericanistas Europeos.

9. Gómez, F. (2013). Conflictos religiosos y adhesiones políticas en la guerra revolucionaria. La retirada del Ejército Auxiliar del Perú en 1811. Ponencia presentada en las XIV Jornadas Interescuelas/Departamentos de Historia. Mendoza, 2 al 5 de octubre, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional de Cuyo.

10. Halperin Donghi, T. (2005). Revolución y guerra. Formación de una elite dirigente en la Argentina criolla. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI.

11. Halperin Donghi, T. (2010). De la revolución de independencia a la confederación rosista. Buenos Aires, Argentina: Paidós.

12. Irurozqui, M. (2009). Cuando Charcas devino en Bolivia. Algunas reflexiones sobre el cambio político. En I. Frasquet y A. Slemian (Eds.) De las independencias iberoamericanas a los estados nacionales (1810-1850). 200 años de historia (pp. 153-180). Madrid, España: Asociación de Historiadores Latinoamericanistas Europeos-Iberoamericana- Vervuert.

13. Junta de Historia y Numismática Americana (1910). Gaceta de Buenos Aires (1810-1821). Buenos Aires, Argentina: Compañía Sud-Americana de Billetes de Banco.

14. Macchi, V. (2012). Guerra y política en el Río de la Plata: el caso del Ejército Auxiliar del Perú (1810-1811). Anuario de la Escuela de Historia Virtual, 3, (3), 78-96.

15. Macías, F. (2015). Comentario al ensayo de Alejandro Morea: “Los oficiales del Ejército Auxiliar del Perú y la construcción de la carrera de la revolución”. Programa Interuniversitario de Historia Política. Recuperado de http://historiapolitica.com/datos/foros/foro_movilizacionmilitar_morea_macias.pdf.

16. Mariluz Urquijo, J. M. (1953). Los juicios de residencia en el derecho patrio. Revista del Instituto del Historia del Derecho, 5, 108-122.

17. Martínez Garnica, A. y Chust Calero, M. (Eds.) (2008). Una independencia, muchos caminos. El caso de Bolivia (1808-1826). Castelló de la Plana, España: Universitat Jaume I.

18. McFarlane, A. (2006). Guerras e independencias en las Américas. En M. T. Calderón y C. Thibaud (Coords.) Las revoluciones en el mundo Atlántico. Bogotá, Colombia: Taurus.

19. Morea, A. (2015). Los oficiales del Ejército Auxiliar del Perú y la construcción de la carrera de la revolución. Programa Interuniversitario de Historia Política. Recuperado de http://historiapolitica.com/datos/foros/foro_movilizacionmilitar_morea1.pdf.

20. Polastrelli, I. (2016). La disidencia ante la justicia. Reacciones frente a la crisis de la monarquía en el Río de la Plata, 1808-1810. Secuencia, 96, 45-72.

21. Polastrelli, I. (2017). La revolución fiscalizada. Los juicios de residencia en el Río de la Plata, 1810-1820. Nuevo Mundo Mundos Nuevos. DOI: 10.4000/nuevomundo.71280.

22. Polastrelli, I. (2019). La expresión política de la disidencia y su tratamiento en Buenos Aires, 1810-1820. Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”, 50, 98-134.

23. Potthast, B. (2009). La independencia paraguaya y la dictadura del Dr. Francia: ¿un experimento histórico? En M. Palacios (Coord.) Las independencias hispanoamericanas. Interpretaciones 200 años después (pp. 209-246). Bogotá, Colombia: Norma.

24. Rabinovich, A. (2009). La gloria, esa plaga de nuestra pobre América del Sud. Nuevo Mundo Mundos Nuevos. DOI: 10.4000/nuevomundo.56444.

25. Rabinovich, A. (2016). Una independencia por y para la guerra: la estrategia militar de la Revolución y sus consecuencias. En G. Entin (Ed.) Crear la independencia. Historia de un problema argentino (pp. 55-71). Buenos Aires, Argentina: Capital Intelectua.

26. Rabinovich, A. (2017). Anatomía del pánico. La batalla de Huaqui, o la derrota de la Revolución (1811). Buenos Aires, Argentina: Sudamericana.

27. Rosanvallon, P. (2007). La contrademocracia. La política en la era de la desconfianza. Buenos Aires, Argentina: Manantial.

28. Senado de la Nación. (1960). Biblioteca de Mayo. Colección de obras y documentos para la Historia Argentina. 20 volúmenes. Buenos Aires, Argentina: Senado de la Nación.

29. Ternavasio, M. (2009). Historia de la Argentina, 1806-1852. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI.

30. Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras. (1956). Estatutos, Reglamentos y Constituciones Argentinas (1811-1898). Buenos Aires, Argentina.

31. Wasserman, F. (2011). Juan José Castelli. De súbdito de la corona a líder revolucionario. Buenos Aires, Argentina: Editora y Distribuidora Hispano Americana S. A. (Edhasa).

Recibido:16 de abril de 2018.
Aceptado: 01 de septiembre de 2018.