DOI: http://dx.doi.org/10.19137/aljaba-2019-230112

ARTÍCULOS

 

SEXUALIDADES Y REPRODUCCIONES, ARGUMENTOS Y DESAFÍOS EN ARGENTINA A PRINCIPIOS DEL SIGLO XX.1

Sexualities and reproductions, arguments and challenges in Argentina at the beginning of the 20th century.

 

Valeria Venticinque
Docente e Investigadora
(UNR-UNL-UCU)
CIEHMGE (UNR)

 

Resumen: Este artículo intenta describir las experiencias sexuales y reproductivasde las mujeres trabajadoras en la Argentina, buscando un nexo en la tensa relación maternidad-mujer trabajadora que caracteriza fundamentalmente el período 1900-1940. El escrito tiene como objetivo fundamental analizar las formas en que la sociedad regulaba el deber ser femenino, naturalizando la maternidad que era avalada por los mandatos científicos y culturales de la época. Observamos esto a través de un repaso bibliográfico que permite dar cierta visibilidad a la temática, tanto por las estrategias de investigación utilizadas, como por los análisis teóricos realizados. En síntesis, partiremos de concebir el binomio mujer-madre como una construcción social que atravesada por las creencias impidió el pleno goce de los derechos civiles, sociales y políticos de ellas.

Palabras clave: Libertades sexuales; Mujeres; Maternalismo; Ciudadanas

Abstract: This article attempts to describe the sexual and reproductive experiences of working women in Argentina, seeking a nexus in the tense maternity- working woman relationship that fundamentally characterizes the period 1900-1940. The main objective of the writing is to analyze the ways in which society regulated the female duty, naturalizing the motherhood that was endorsed by the scientific and cultural mandates of the time. We observe this through a bibliographic review that allows to give some visibility to the subject, both by the research strategies used, and by the theoretical analyses carried out. In short, we will start from devising the female-mother binomial as a social construct that crossed beliefs prevented the full enjoy of their civil, social and political rights.

Keys words: Freedom sex, Women; Maternalism; Citizen

Sumario: Introducción. Mujer-Madre, binomio inescindible. Las trabajadoras, una situación problemática. Repensando el concepto de ciudadanía. Algunas conclusiones.

 

Introducción

En nuestro recorrido histórico nos proponemos como objetivo general repensar algunas experiencias vinculadas a las sexualidades y el lugar que ocupaba la maternidad para las argentinas entre 1900 y 1940. Este arco temporal, como señala Marcela Nari (2004: 19), posee importancia en sí mismo, ya que en estos años se configuran ciertas nociones, valores y prácticas alrededor de los principales interrogantes planteados en este escrito, que dejaron fuertes huellas en la realidad nacional. Partimos del supuesto que tanto la represión sexual femenina como la obligatoriedad de parir la “raza” fueron elementos fundacionales en la construcción de la subjetividad femenina que les impidieron a las mujeres ser ciudadanas de hecho. En consecuencia, buscaremos describir las formas que asume la ausencia de libertades sexuales para las mujeres, particularizando en las trabajadoras en la primera mitad del siglo pasado en un momento histórico en que la situación social empeoraba. Así, en el segundo apartado, describimos el impacto de la discriminación salarial y la segregación ocupacional en la vida de las mujeres. Pensamos un tercer apartado donde debatimos sobre la noción de ciudadanía liberal elaborada por Marshall. En suma, este artículo busca hacer foco en el establecimiento del vínculo entre la marcación estricta de “cierto comportamiento femenino” en las primeras décadas del siglo XX y su relación con la noción de ciudadanía, en tanto conjunto de derechos en constante tensión.

Mujer-Madre, binomio inescindible

Como señala Dora Barrancos (2014) el patriarcado gozaba de sólida salud a partir de su nuevo empinamiento en el siglo XIX, así era moralmente inaceptable que las mujeres se desempeñaran en la vida pública, pues el fundamento de esta creencia aludía a la “norma natural” que mandaba ocuparse de la lumbre hogareña, reproducir y asistir a los suyos. (Barrancos, 2014:17). Podemos decir que el denominado maternalismo político, concepción sumamente trabajada por Marcela Nari (2004), era una manera de legitimar y justificar determinadas prácticas en lo público con el objetivo de lograr una mayor autonomía personal y política. Asimismo Marina Becerra, relata que las feministas lucharon estratégicamente desde la idea de mujer-madre, en base a la denominada responsabilidad de producir ciudadanía, de esta manera las pioneras del feminismo defendieron la condición de mujer desde una visión esencialista de la maternidad, aunque de ese modo asumían de hecho las implicaciones del discurso patriarcal que define roles naturalizados para cada sexo. (Becerra, 2011: 65). Existen dificultades para establecer la relación maternidad-feminismo, aunque es compleja, y como nos cuenta Marcela Nari (2004), no demasiado explorada, si se puede establecer que el Movimiento de Mujeres, feminista o no, se agrupó en actividades y reclamos maternalistas.
En este sentido como señalan Barrancos, Guy y Valobra, las mujeres contribuyeron con sus joyas y sus corporalidades a las nuevas repúblicas, la educación femenina abonó a la expansión de las costumbres sexuales femeninas, fomentando el debate y la insistencia en las reformas de los códigos civiles que regulaban el matrimonio, el divorcio y los derechos de las mujeres al trabajo y el control de los salarios (Barrancos, Guy y Valobra, 2014: 18). El feminismo argentino, por esos años, en su gran mayoría, sintetizaba la obligatoriedad de la maternidad con sus consecuentes derechos, partiendo del supuesto origen común de la opresión femenina, sosteniendo fervientemente que el mundo no se dividía en ricos y pobres, sino en hombres y mujeres. Así el ser madre como hecho y proceso biológico-cultural, relata Marcela Nari, era una diferencia que homogenizaba y reclamaba igualdad en relación a los varones, intentando reformular la maternidad tradicional dentro de la ideología de la complementariedad y la equivalencia. (Nari, 2004). En esta misma línea de análisis, es necesario marcar la presencia de las miradas del anarquismo, como señala Ledesma Prietto (2012), desde el inicio del siglo XX, en sus publicaciones locales se difundieron los conocimientos sobre los métodos anticonceptivos y su utilización, si bien en un principio esta divulgación sobre las formas de controlar los embarazos se debió a una estrategia política de resistencia al capitalismo en su devenir impulsaron nuevas miradas sobre la relación de la mujer, la maternidad y la sexualidad.(Ledesma Prietto: 2012:81).En líneas generales podemos establecer que para los preceptos epocales contraer matrimonio y tener hijos era visto como un mandato imperativo y, de acuerdo al imaginario de la época, dignificaba el “ser mujer”, en este sentido la virginidad actuaba como un elemento que incluía “a las buenas” y excluía a las “malas mujeres” de las posibilidades de lograr una familia. Todas las mujeres tenían como destino el hogar y sus innumerables tareas, aunque esto no implicaba que realizaran labores fuera del ámbito doméstico. En este contexto, como ya señalamos, imperaba la idea de doble moral sexual, noción suficientemente trabajada por Verónica Giordano (2014). En consecuencia, el ser mujer implicaba vivir una sexualidad controlada, la soltería femenina se toleraba mal, y era “sospechada”, y ser madres solas implicaba un estigma, así llegar sin manchas al matrimonio fue un precepto defendido en el inculcamiento del deber ser femenino.
En el mismo sentido, hasta mediados del siglo XX existió la certeza de que las mujeres se debían a quienes habían elegido en matrimonio, además la descripción de la anatomía femenina se llevaba a cabo señalando sus fortalezas y debilidades tomando como criterio de clasificación al varón, por ende se las veían más dóciles, más débiles, de menor altura e inferiores. Por esta misma razón, se buscaba cuidar a las mujeres, prohibiéndoles el sexo excesivo, esto era con el objeto de preservar todas aquellas cualidades que se consideraban como “naturales”: la belleza, el encanto, la sensibilidad, y sus actividades debían ser ejercida de forma suave y delicada (Scharagrodsky, 2014). En esta misma línea de análisis, Karin Grammático (2000), señala que el cuidado de las mujeres se acentuaba ante el advenimiento del matrimonio, así, el varón debía someterse a los exámenes pre-nupciales para cuidar el cuerpo de la futura esposa quien debía a procrear en poco tiempo. Las mujeres que contraían matrimonio, por su parte, quedaban desobligadas de esos estudios porque se temía afectar su honorabilidad, o bien, puede pensarse, que dicho control implicara poner en duda los dispositivos que vigilaban los cuerpos de esas mujeres (Grammático: 2000:126).
Es interesante la manera en que describe Figari el lugar de las mujeres en la primera mitad del siglo XX, señalando que estas podían asumir dos roles como madres o prostitutas, ambas respondían a la dualización y a la particular posición de la mujer, fuera como defensora del orden republicano o instigadora del caos (Figari, 2009). En este sentido, las ideas de maternidad y asexualidad materna contrastaban fuertemente con el mundo pasional y erótico de las prostitutas, como señala María Luisa Múgica (2014), por estos años, la prostitución era percibida como un mal social, inextirpable e irradicable, recibía distintas denominaciones: “mal necesario”, “mal incorregible”, “degeneración”, “vicio”, “virus”, “infección”, “mal popular”, para señalar solo algunos (Múgica, 2014:51). Con los mismos lentes, Grammático (2000) delinea, que las prostitutas eran consideradas fuente y propagadoras exclusivas de las enfermedades venéreas, en este marco se buscó proteger al resto de las mujeres y a su prole de estos males (Grammático, 2000:124). Así las representaciones sobre la prostitución, oscilaban entre la degeneración y peligrosidad, y simultáneamente era un elemento de suma necesidad social. En este sentido, se observa que las prácticas sexuales de la época se encontraban sitiadas, y todo lo que no era mal visto en los varones, en el caso de las mujeres estaba deshabilitado y muy frecuentemente se la sancionaba socialmente.
Las reglas generales del período indicaban que las mujeres debían ser acompañadas por miembros de las familias por fuera de sus hogares, y no podían estar sin compañía adecuada en lugares públicos como confiterías, o similares. La hotelería recién en los años 30 levantó las restricciones para hospedar a mujeres solas, así las relaciones afectivas para las jóvenes estaban reguladas contractualmente bajo cierto tono moral. Siguiendo esta misma línea de análisis, podemos marcar que las preocupaciones por resguardar la función maternal, conforme al orden “natural” y “moral” que debía defenderse, perseguían como objetivo prioritario preservar sobre todo a la futura descendencia; cuestión que estaba por encima de las clases sociales (Nari 2004) .De esta manera, una buena mujer debía ser angelical, asexuada, responsable no solo de la nueva generación sino también de la virtud de los hombres y el buen funcionamiento de la sociedad. Ellas en tanto madres, se incluían en otro esquema moral, reducido a lo doméstico y el papel de reproductora de los discursos y prácticas de la policía médica. En la década de 1930 se consolidó la eugenesia positiva, que tenía por objetivo afianzar la reproducción de los considerados superiores, como señalaba Marcela Nari, y en algunos círculos se defendió la eugenesia negativa que tenía por objeto impedir la reproducción de los considerados inferiores (Nari, 2004:19). Fue la confianza de transformar a los individuos y a la raza a partir de la adquisición de caracteres del medio y luego su trasmisión por la herencia que posibilitó el desarrollo de la eugenesia, justificada en teorías genéticas que tenían como propuesta limitar la reproducción de algunos seres humanos, surge como una ciencia práctica y trae como propuesta la transformación de la población, y en cierta forma la eliminación de los considerados inferiores. Podemos observar que desde su llegada al continente americano desde Inglaterra a fines del siglo XIX, se fue generando una relación entre raza y nación, donde la primera se constituyó como un cristal desde donde observar los distintos sectores sociales y las problemáticas societales en un Estado en construcción. Como señala Carolina Biernat (2011), la adopción de una eugenesia “cuantitativa” interesada en la tutela de la maternidad y el estímulo de las familias prolíficas fue una elección de la mayor parte de los países latinoamericanos, incluida la Argentina, esto se encontrará en diálogo con los valores católicos y las posturas pro- natalista de los países de la región (Biernat, 2011: 204). Consecuentemente el clima de época construía el siguiente escenario: la heteronormatividad era un hecho indiscutible, en paralelo esa idea de moral sexual explicaba los incansables intentos de exclusión de las mujeres de los derechos políticos y del mundo del trabajo remunerado. Debemos entender que la moralidad también implicaba expulsarlas de la vida pública misma, ya que se suponía no era de su interés y las dispersaba para poder cumplir debidamente con las principales funciones femeninas, procrear hijos y cuidar de ellos. 2
Un año importante para comprender el lugar que ocupaban las mujeres en las primeras décadas del siglo XX, es 1926, cuando se lleva a cabo la reforma de la ley 11.357 sobre los derechos civiles, así se disponen un conjunto de libertades para que las mujeres puedan hacer uso de sus bienes. La norma ampliatoria hablará de equidad civil para varones y mujeres, dejando a las casadas con ciertas limitaciones, como señalan Giordano y Valobra (2015), la patria potestad le correspondía a los varones, tampoco podían renunciar a herencias, donar bienes, y seguían siendo menores de edad bajo la potestad del marido. (Giordano y Valobra 2015:58).
En este marco, instituciones como el divorcio vincular, tratado en la cámara de diputados en el año 1932, eran pensadas como flagelos sumamente nocivos, siendo equivalente, como señala Barrancos, a facultar a las mujeres a ser sujetas activas de la volatilidad sexual (Barrancos, 2015:47). En este sentido, el debate sobre el divorcio que llega a su fin en el extremadamente conservador senado de la Nación, era pensado por sus impulsores como un elemento normalizador del amor y los intercambios sexuales, particularmente en el caso de las mujeres. Así, el divorcio se proponía como una herramienta que vendría a moralizar la sexualidad de aquellos que se encontraban presos de un matrimonio que en los hechos había finalizado. En algunos casos también se agregó la posibilidad de continuar con la vida reproductora de aquellas mujeres, que en el marco de una unión sexualmente terminada, difícilmente podrían volver a ser madres. Más allá de los argumentos, el divorcio no obtendrá la aprobación de la cámara alta, y Uruguay seguirá siendo el destino para terminar con los matrimonios argentinos por algunos años más. Sintetizando, hasta aquí observamos que las desigualdades sufridas por las mujeres con respecto a los varones y la consecuente discriminación legislativa habilitaba una forma de pensar las primeras políticas públicas a inicios del siglo XX, estructuradas para las mujeres en tanto madres y no ciudadanas. En este sentido, esto permitió que estos años se caracterizaran como momentos de opresión femenina, imperando los miedos, los silencios y la explotación.

Las trabajadoras, una situación problemática.

Siguiendo a Maricel Bertolo, el investigar sobre estas cuestiones, se corresponde con la idea de recuperar las primeras manifestaciones de un orden cultural que asignaba un rol central al papel reproductivo de las mujeres y buscaba excluirlas del escenario laboral de principios del siglo XX, esta realidad se vio reflejada en los primeros proyectos legislativos vinculados con el trabajo femenino (Bertolo, 2011).
En relación a los aspectos sociopolíticos a fines del siglo XIX y comenzando el siglo XX Mirta Lobato (2007), describe el torbellino de transformaciones que trae consigo la modernización, así, señala que las calles le pertenecían mayoritariamente a los varones, sólo algunas mujeres se aventuraban más allá del barrio, así como otras dejaban sus pueblos para trasladarse al centro urbano más cercano, de esta manera el mundo del trabajo fue cambiando y las mujeres se incorporaban a él (Lobato, 2007:14).Visitando a Graciela Queirolo podemos advertir que el trabajo femenino asalariado recibió un conjunto de concepciones sociales adversas y hasta hostiles, así se instalan los principios de la ideología de la domesticidad, la familia se inserta en el mercado de trabajo con el objetivo de realizar pequeños ahorros o cubrir los gastos de su presupuesto, esto no implicaba dejar de pensar que la femineidad se cimentaba con la maternidad (Queirolo, 2005:5). En este sentido, Lobato indaga de manera exhaustiva buscando dar cuenta del vertiginoso proceso de incorporación de las mujeres al mundo del trabajo asalariado estableciendo que en la primera post-guerra comienza a perfilarse una nueva imagen de mujer que demandaba inclusión social y política; aunque como señalan Karina Ramacciotti y Carolina Bernat (2011), el empleo femenino era visto a inicios del siglo XX, como una amenaza a la capacidad física de reproducción de las mujeres, ya que retrasaba su desarrollo, disminuía las posibilidades de gestar y de llevar a término un embarazo. Sin embargo, más allá de las miradas opositoras, las mujeres se insertaron en el mercado de trabajo, esta incorporación generó consenso en relación a la necesidad de darle un sustento normativo (Ramacciotti y Bernat, 2011:2).
Así, surgirá desde el año 19073 4una red legal que buscará sostener a las mujeres trabajadoras, el primer intento normativo para proteger la capacidad reproductiva femenina lo constituye la ley 5.291, 5 en su contenido la norma establece una jornada máxima de ocho horas diarias o 48 semanales para las mujeres, en el mismo sentido se prohíbe su empleo en determinadas industrias consideradas peligrosas e insalubres y en trabajos nocturnos; se dispone que los establecimientos atendidos por mujeres deben contar con asientos; se prevé que las trabajadoras pueden dejar de concurrir hasta cuatro semanas antes de dar a luz y que tienen derecho a regresar después de las seis semanas del parto. Como señalan Ramacciotti (2011), Bernat (2011) y Lobato (2007) las trabajadoras tendrán derecho a amamantar durante 15 minutos cada dos horas; normativas posteriores regularán de manera más detallada la licencia pre y post-parto, como así también se dispone que el embarazo no puede ser causal de despido. Después de la década del ’20 se establecerá la necesidad de que todo establecimiento con más de 50 trabajadoras debía habilitar salas cunas para los menores de 2 años. Después de los años ‘30 se establecen modificaciones a la normativa, nace la 11.932 que habilita a las madres dos descansos de media hora para amamantar mientras trabajan. Así se constituye el seguro de maternidad, a este debían afiliarse todas las trabajadoras entre 15 y 45 años de edad, ellas realizaban una contribución, que sería destinada al salario por maternidad que recibirían durante su licencia maternal y durante el tiempo que la ley lo estipulase. Al denominado seguro también realizaban aportes los empleadores, posteriormente se exceptuará a las mujeres con salarios muy bajos. Debemos señalar, junto a Ramacciotti (2014), que las jerarquías de género que involucran relaciones desiguales en la construcción social de los sexos nos dan indicios de cuales fueron los argumentos para amparar a las mujeres en el mercado de trabajo formal, se buscó, en cierta medida, proteger a las mujeres ya que su rol por excelencia se pensaba era la reproducción, pero al mismo tiempo se reconoció que los riesgos laborales podían generar serias complicaciones para lograr un matrimonio y tener hijos (Ramacciotti, 2014: 295).
En paralelo a la normatividad delineada por los mandatos sociales, el Estado fue generando información respecto a la relación mercado de trabajo-mujeres, y en función de esta continuó legislando, en este sentido, entre los informes realizados el más difundido fue el elaborado por el médico Juan Bialet Massé en la primera década del siglo XX. Como indica Lobato (2007), el trabajo de Bialet Massé fue un exhaustivo informe que relató las condiciones de trabajo de las mujeres en la zona central-norte del país, y agrega que aquel le otorga sumo valor a la política como instrumento necesario, así entendía que las precarias condiciones del trabajo femenino podrían deteriorar su salud y en consecuencia sus condiciones para la reproducción. Durante su relevamiento el médico español destacó las características de las mujeres criollas, como soberanas del hogar y con gran facultad de adaptación, la investigación logró contribuir a la teoría epocal que buscaba instalar la ligazón entre hogar-naturaleza femenina. Sin embargo Bialet Massé destacaba claramente que cuando no había opciones y las mujeres debían enfrentarse al trabajo fuera de sus ámbitos familiares, era necesario que las remuneraciones se basaran en una valoración de las actividades (Lobato, 2007: 225).6 Como señalan Lobato (2007) y Nari (2004), la situación de inequidad de las trabajadoras respecto de sus pares varones, fue una constante en la primera mitad del siglo XX, y la relación trabajo-maternidad no se modificó prácticamente a lo largo de las primeras décadas del siglo pasado, sino que se afianzó con la legislación, y agregamos junto a Bertolo (2011), el actor estatal seguirá regulando las condiciones de empleo femenino con las posturas sociales de la época.
Sintetizando junto a Lobato (2014), observamos que el orden social con mujeres bellas, dóciles, apacibles, era alterado por deseo o necesidad, consecuentemente ellas quedaban atrapadas entre sus virtudes y el poder despóticos de los jefes.

Repensando el concepto de ciudadanía

En el marco de nuestro trabajo entendemos necesario darnos un debate, buscando una aproximación conceptual para poder comprender la relación conflictual entre ciudadanías y mujeres. Algunos trazos de Verónica Giordano (2003) nos marcan el camino de este vínculo, estableciendo que la perspectiva de género pone de relieve aspectos usualmente soslayados por la historia política y social: la exclusión de la mujer de la esfera de igualdad civil, durante las primeras tres décadas del siglo XX produjo un interesante debate público sobre la posibilidad de incluir a las mujeres en la esfera de igualdad real, que la institución de la ciudadanía universal ya suponía en el plano ideal. Los debates por la inclusión civil de las mujeres se transformaron en un hecho político, esta situación venía a cuestionar las formas en que se practicaba la democracia liberal.
En este sentido entendemos necesario retomar a Thomas Marshall quien en 19497 hipotetizó acerca de la forma en que se desarrolló la idea de ciudadanía, este autor señaló, que sociológicamente hay un tipo de igualdad básica asociada a la pertenencia plena a una comunidad, lo cual no es inconsistente con las desigualdades que diferencian a los distintos niveles socioeconómicos. Bajo este prisma conceptual, la ciudadanía no alteraría el patrón de la desigualdad social, en tanto la desigualdad de ingresos se convierte en algo más tolerable, enmarcada dentro de la esfera de los consumos privados; fue este esquema conceptual que delineó la noción de ciudadanía a principios del siglo XX. En relación a las mujeres, la mera idea de pensarse ciudadanas formales resultó de suma escasez, como señalan Pita, Ini y Gil Lozano (2000), en la Argentina las mujeres vivieron la experiencia de ser la periferia de la periferia, la visibilización de las ellas se dio casi de manera accidental. Aquellas mujeres pertenecientes a la élite tuvieron recorridos distintos al de sus congéneres de los sectores populares, algunas supieron apropiarse de espacios extra hogareños, enfrentando el rechazo de los varones, otras pudieron acceder a la universidad antes de la primera guerra mundial. Todas luchaban por los derechos civiles, políticos y sociales (Pita, Ini y Gil Lozano, 2000:13).
¿Pero de qué hablamos cuando nos referimos a la noción de ciudadanía? Retomando a Luciano Andrenacci, podemos pensar que jurídicamente es el hecho de haber nacido o vivido una cantidad de tiempo en un país otorga a un individuo una carta de ciudadanía. La posesión de un documento que otorga ciudadanía indica que una persona es titular de derechos y obligaciones iguales para todos los ciudadanos, organizados en torno de un marco jurídico que la ciudadanía está obligada a respetar y proteger, y cuyo respeto y protección puede exigir. Así, la formalidad convierte automáticamente a un individuo en sujeto y objeto del derecho local, presentándose como un haz de derechos y deberes (Andrenacci, 2003:3). La ciudadanía termina materializando, desde este punto de vista, en una suerte de status jurídico, político y socioeconómico (Andrenacci 2003:3). Siguiendo nuestra línea de análisis, podemos señalar, que abundan los trabajos analizando críticamente la postura de Marshall por distintas razones, como señala Andrenacci (2003), resulta importante no caer en el simplismo “marshallista” de asociar mecánicamente ciudadanía y derechos, haciendo de la primera una pirámide acumulativa de fueros concedidos de una vez y para siempre. Cada expansión de la capacidad política y cada neutralización de las desigualdades socioeconómicas en las sociedades modernas es fruto de un conflicto que jurídicamente es poco reconciliable.8 Por otro lado, la elaboración teórica de Marshall es objetada por tratar a los derechos civiles como una categoría homogénea, estos derechos, tales como la igualdad ante la ley y la libertad individual fueron reivindicados y conquistados por la burguesía en emergencia; en el mismo sentido los derechos económicos, como la libertad de conformar organizaciones sindicales, el derecho a huelga, surgieron fundamentalmente a partir de la lucha obrera. En este último eje debemos señalar los aportes de Bertolo (2012), quien nos invita a reflexionar entendiendo, que en el análisis del sindicalismo, el desarrollo del régimen capitalista y la creciente incorporación de la maquinaria, eran considerados el punto de partida de la participación femenina en las fábricas o talleres. Asimismo, la lucha obrera, constituyó la condición esencial que permitió iniciar el camino hacia la transformación radical de la sociedad; en el mismo sentido, sin desconocer la importancia de la maternidad, las corrientes sindicales pensaron la cuestión de la mujer obrera principalmente en su rol de productora y en su condición de explotada por el sistema capitalista (Bertolo, 2012:20). Si los derechos civiles individuales tendieron a confirmar el imperio del capital, los derechos civiles económicos lograron amenazar el funcionamiento del mercado capitalista, pero todos estos se lograron mediante largas luchas que dejaron muchas heridas; y cada conquista implicó un conflicto, algunos de ellos aún irresueltos (Andrenacci, 2003).
Podemos establecer que las pretensiones de igualdad y autonomía que impulsa la noción de ciudadanía se ven imposibilitadas de una realización plena porque los sistemas sociales fracasaron históricamente, simbolizando una derrota en la tarea de garantizar una mínima igualdad socioeconómica, entendida como igualdad de oportunidades, y una igualdad política, entendida como individuos con derecho a elegir, pero también a ser elegidos, como señala Valobra (2018), en las propuestas y debates de 1947 las mujeres se convirtieron en meras electoras, no en ciudadanas, el prototipo de ciudadanía sigue siendo masculino. Es preciso clarificar que la ciudadanía política de las mujeres, entendida como el binomio participación-representación, no pudo lograrse en su pleno ejercicio hasta fines del siglo XX. Quien refleja mejor la visión que intentamos construir es Nancy Fraser cuando señala junto a Linda Gordon, que la justicia necesita seres humanos, varones y mujeres, que tengan la posición para participar como pares en cualquier arena importante de la vida social; esto es, en la vida familiar, en el mercado del trabajo, en la sociedad civil y, sí, claro, en la política y en la esfera pública (Fraser y Gordon, 1992:70). Estas expresiones era impensadas en la Argentina de principios del siglo XX cuando las mujeres estaban degradadas a personas de segunda categoría, y la eugenesia surgía como una ciencia práctica trayendo como propuesta la transformación de la población, y en cierta forma la eliminación de los considerados inferiores.
Fraser (1997) propone que se distingan dos visiones de injusticia, una es la socioeconómica; la segunda forma de entender la injusticia es la cultural o simbólica, en esta las injusticias se encuentran en los patrones sociales de representación, interpretación y comunicación. Las mujeres, perjudicadas por injusticias culturales y económicas necesitan, señala la autora, reconocimiento y redistribución. En este sentido las problemáticas de género no sólo son un factor de diferenciación político- económico, sino también un factor de diferenciación cultural, esto nos brinda un cuadro de subordinación cultural y económica. En este sentido, podemos señalar que la construcción de la idea de mujer-madre fue una manera de disciplinar económicamente, políticamente y especialmente culturalmente, aunque la denominada domesticación femenina se reutilizó para hacer del hogar una instancia de lucha por parte de los actores sociales predominantes de la época.
Por consiguiente, entendemos que el des reconocimiento de las mujeres en relación a un amplio conjunto de derechos, colocó en tensión la idea de ciudadanía para ellas, particularmente en un momento donde serlo, se encontraba en continua constitución, oscilando entre el tener y ejercer, y la dimensión de género, estaba ausente.
De esta manera garantizar la ciudadanía para las mujeres en las primeras décadas del siglo XX representaba un obstáculo bastante difícil de sortear, en la medida en que sufrían por lo menos dos tipos de injusticias, las simbólicas y las materiales, analíticamente distintas, requiriendo necesariamente de dos tipos de soluciones: redistribución y reconocimiento.

Algunas conclusiones

Este escrito buscó retomar analíticamente las experiencias sexuales y reproductivas de las mujeres trabajadoras en la Argentina en las primeras décadas del siglo XX. De esta manera buscamos traer luz en la relación maternidad-mujer trabajadora que caracteriza el período analizado. Este trabajo se propuso brindar cierto análisis de las formas en que la sociedad regulaba el deber ser femenino, naturalizando la maternidad, avalada por los mandatos científicos y culturales de la época. En este sentido, partimos de concebir domesticación femenina como una construcción social que transversalizada por las creencias epocales impidió el pleno goce de los derechos civiles, sociales y políticos que les correspondían a las mujeres. Así, entendemos que las mujeres en las primeras décadas del siglo XX, casi en su totalidad, no eran ciudadanas en términos reales, y son muchos los motivos que nos permiten establecerlo. En principio, como ya describimos de manera detallada, las representaciones culturales de la época describían a las mujeres como un ser “frágil” desde el punto de vista físico, subordinado por su condición sexual y, en algunos casos, además explotado por su pertenencia a la clase trabajadora. Así las argentinas en la primera mitad del siglo XX nacían con un imperativo casi incuestionable, ser madre era una función social. En este marco avanzamos poniendo nuestros interrogantes bajo el prisma teórico de Marshall y su noción de ciudadanía, en este sentido acordamos que este concepto solapa el antagonismo varón-mujer, logrando una construcción teórica inconsistente y patriarcal, que sólo alude a los atributos, las capacidades y actividades de ciertas masculinidades, quitándole el status de ciudadanía a las mujeres y al resto de los seres humanos. Asimismo, partimos del supuesto que tanto la represión sexual femenina como la obligatoriedad de parir la “raza” fueron elementos fundacionales en la construcción de la subjetividad femenina que les impidieron a las mujeres ser ciudadanas de hecho. El clima del momento marcaba que la diferencia sexual y la maternidad eran mandatos imperativos que regulaban la vida social, económica y política. Asimismo observamos que las desigualdades los derechos de las mujeres con respecto a los varones y la consecuente discriminación legislativa habilitaba una forma de pensar las primeras políticas públicas estructuradas para aquellas en tanto madres y no ciudadanas, es preciso recordar la ley de derechos civiles de 1926, como un hecho problemático y conflictivo en la vida de las argentinas. En el mismo sentido los acalorados debates en torno a la reglamentación del trabajo femenino, con la mirada puesta en el binomio mujer-madre, la truncada ley de divorcio, o el sufragio femenino recién logrado entrada la década del ’40, dan sobrada cuenta de algunas de las desigualdades insoportables que debieron tolerar las mujeres por aquellos años. En este sentido, esto permitió que hasta la mitad del siglo pasado, las vidas femeninas se caracterizaran por la opresión, permaneciendo sumergidas en una situación de injusticia cultural y económica, dominadas por los miedos, los silencios y, en algunos casos, la explotación. Sólo existían algunas tibias resistencias a un orden social que crecía con el humo de las chimeneas, y no reconocía a las mujeres como sujetos de derechos. A modo de cierre, adoptando a Fraser podemos construir una noción de ciudadanía pensando en que las soluciones pueden darse mediante políticas de tipo afirmativo o transformativo, las primeras se desarrollan en el marco de las denominadas democracias liberales teniendo por función solucionar las inequidades del contenido de los acuerdos sociales; en cambio las políticas transformativas están dirigidas a corregir esos resultados, pero restructurando el marco general que los ocasiona, apuntando a cambiar las injusticias en el orden de lo simbólico y cultural (Fraser, 1997:30).

Notas

1 El presente trabajo fue elaborado en el marco del PID “Mujeres, intervención estatal y mercado laboral. Argentina, 1900-1934”, dirigido por la Dra. María Celestina Bertolo.

2 Las argentinas obtuvieron recién la ciudadanía política entrados los años ’40 gracias a un conjunto de oportunidades políticas favorables, y a la participación de un sector de la sociedad política y la sociedad civil que luchó por la inclusión de las mujeres en las urnas. Como señala Adriana Valobra en Argentina el sufragio femenino se dio en 1947, cuando ya varios países habían sancionado leyes de derechos políticos para las mujeres en América Latina, además la 13.010 centró la atención en el voto, dejando de lado la cuestión de elegibilidad de las mujeres (Valobra, 2018:54)

3 Es importante destacar que en 1907 se creó el Departamento Nacional del Trabajo (DNT), este espacio estatal surge del proyecto fallido de Ley Nacional del Trabajo, el organismo surgirá por decreto y funcionará bajo la órbita del Ministerio del Interior, esto porque se entendía a las problemáticas laborales de orden social y que en consecuencia necesitaban del poder de policía (Suriano y Lobato, 2014: 18).

4 El primer proyecto de ley de protección de las mujeres en las fábricas y talleres fue elaborado por el Dr. José Penna, en tanto miembro de la comisión de médicos y demógrafos constituida por la Intendencia Municipal en 1891, aunque no fue considerado por el Congreso Nacional (Bertolo, 2012:3).

5 La ley 5.291 sancionada en el año 1907, surge de un proyecto presentado por el diputado socialista Alfredo Palacios y de debates entre los empleadores y el sector que representaba a los trabajadores (Biernat y Ramacciotti, 2011).

6 Es destacable marcar junto a Suriano y Lobato (2014), que el Estado comenzó a adquirir un rol definido con la intención de conocer y solucionar la situación de los trabajadores.

7 Marshall elaboró la denominada evolución histórica de los derechos de ciudadanía, estableciendo que existen tres formatos en los Estados Modernos: en primer lugar la ciudadanía civil, que implica derechos civiles; la ciudadanía política, que significa la adquisición de derechos políticos, y por último, la ciudadanía social, que se traduce en la adquisición de derechos sociales. En consecuencia, siguiendo al mencionado autor, las luchas hasta el siglo XVIII fueron llevadas a cabo para lograr la ciudadanía civil, es decir libertad de expresión, de profesar un culto, derecho de propiedad y de ser juzgado por la ley. Durante el siglo XIX, las reivindicaciones fueron en la búsqueda de la ciudadanía política, derecho a elegir y a ser elegido para desempeñar un cargo público. En el siglo XX y hasta nuestros días los conflictos son por la ciudadanía social, derecho a gozar de un nivel mínimo de vida, de bienestar y seguridad económica (Marshall, 2005).

8 En este caso es interesante visitar distintos trabajos contextualizados entre fines del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX que dan cuenta de esto, tal es el caso de la pesquisa elaborada por Valeria Pita (2009), La experiencia de administración y tutela del Hospital de Mujeres Dementes, Buenos Aires, 1852-1890 , en sus conclusiones la autora señala que ciertos debates políticos intentaron delimitar quiénes podían incluirse y quiénes no en esa nación en ciernes, estableciendo esa frontera que delimita los ciudadanos de aquellos que no lo son. Asimismo es fundamental para esta etapa visitar el trabajo de investigación de Nari (2004), que ilustra suficientemente la forma en la que se excluye a las ciudadanas de los derechos civiles en la construcción de la estatidad nacional.

 

Referencias

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Recibido: 22/07/2019
Aceptado: 03/09/2019