Quinto Sol, vol. 29, n.º 3,
septiembre-diciembre 2025, ISSN 1851-2879, pp. 1-20
http://dx.doi.org/10.19137/qs.v29i3.8277
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Artículos
Prisión política y Plan CONINTES. Un análisis en escala local: Mar del Plata, provincia de Buenos Aires (1958-1962)
Political Imprisonment and the CONINTES Plan. A Local Analysis: Mar del Plata, Buenos Aires Province (1958-1962)
Prisão política e Plano CONINTES. Uma análise em escala local: Mar del Plata, província de Buenos Aires (1958-1962)
Carolina Bilbao
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Universidad Nacional de Mar del Plata. Instituto de Humanidades y Ciencias Sociales
Argentina
Correo electrónico: cabilbao94@gmail.com
ORCID: https://orcid.org/0009-0002-9198-0122
Resumen
El Plan de Conmoción Interna del Estado (CONINTES) fue implementado durante el gobierno de Arturo Frondizi (1958-1962) en Argentina, en un contexto de agitación obrera y conflictividad sindical. Estableció la subordinación de las policías provinciales a las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y habilitó, de esta manera, su participación en la represión interna. Este artículo reconstruye el caso de los “presos CONINTES” detenidos en la Base Naval de la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires. El objetivo principal es analizar estas experiencias de prisión política a partir de una identificación precisa de los actores involucrados y de las prácticas represivas implementadas en esta dependencia de la Armada. La elección de esta perspectiva de análisis busca poner en diálogo el contexto nacional con las dinámicas políticas y sociales específicas del espacio local. El corpus principal de fuentes se compone de denuncias de apremios ilegales realizadas por los detenidos y prensa local.
Palabras clave
presos políticos; represión; Fuerzas Armadas; violencia
Abstract
The Plan of Internal State Commotion (CONINTES) was implemented during the government of Arturo Frondizi (1958-1962) in Argentina in a context of labor unrest and union conflict. It established the subordination of the provincial police to the Armed Forces, thus enabling their participation in internal repression. This article reconstructs the case of the "CONINTES prisoners" detained at the Naval Base in the city of Mar del Plata, province of Buenos Aires. Its main objective is to analyze this experience of political imprisonment from a precise identification of the actors involved and the repressive practices implemented in this Navy department. The choice of this analytical perspective seeks to establish a dialogue between the national context and the specific political and social dynamics of the local space. The main corpus of sources is made up of complaints of illegal harassment made by the detainees and the local press.
Keywords
political prisoners; repression; Armed forces; violence
Resumo
O Plano de Conmoção Interna do Estado (CONINTES) foi implementado durante o governo de Arturo Frondizi (1958-1962) na Argentina, num contexto de agitação operária e conflitos sindicais. Estabeleceu a subordinação das polícias provinciais às Forças Armadas (FF. AA.) e permitiu, assim, a sua participação na repressão interna. Este artigo reconstrói o caso dos “presos CONINTES” detidos na Base Naval da cidade de Mar del Plata, província de Buenos Aires. O objetivo principal é analisar essas experiências de prisão política a partir de uma identificação precisa dos atores envolvidos e das práticas repressivas implementadas nessa dependência da Marinha. A escolha dessa perspectiva de análise visa estabelecer um diálogo entre o contexto nacional e as dinâmicas políticas e sociais específicas do espaço local. O corpus principal de fontes é composto por denúncias de coação ilegal feitas pelos detidos e pela imprensa local.
Palavras-chave
presos políticos; repressão; Forças Armadas; violência
Recepción del original: 20 de marzo de 2024.
Aceptado para publicar: 6 de agosto de 2024.
Prisión política y Plan CONINTES. Un análisis en escala local: Mar del Plata, provincia de Buenos Aires (1958-1962)
Introducción
El estudio de las violencias estatales constituye una preocupación clave para el campo de la historia reciente en Argentina. En los últimos años, diversas líneas de investigación proponen abordar procesos represivos escasamente explorados, ya que la producción académica se ha centrado principalmente en la última dictadura militar (1976-1983). Estas nuevas perspectivas problematizaron la dicotomía dictadura-democracia, sobre la que se han cimentado gran parte de las investigaciones, a partir de iluminar las continuidades en el accionar represivo estatal de la segunda mitad del siglo XX (Águila et al., 2016, 2020; Bohoslavsky y Franco, 2020). El gobierno de Arturo Frondizi (1958-1962), elegido por el voto popular en un contexto de proscripción del peronismo, se caracterizó por la sanción e implementación de leyes y decretos de emergencia para reprimir el conflicto obrero y perseguir a la oposición política, principalmente al comunismo y al peronismo. Como lo señalaron las interpretaciones clásicas del período, el gobierno de Frondizi se caracterizó por una tensión constante entre, por un lado, las Fuerzas Armadas (FF. AA.), que pretendían acrecentar sus atribuciones e incorporarse a la represión interna, y, por el otro, el movimiento obrero, que, mediante huelgas, sabotajes y tomas de fábricas, buscaba enfrentar los efectos negativos de la política económica y denunciar la proscripción del peronismo (James, 2003). En ese marco, fue sancionado el Plan CONINTES en 1960. Dentro de sus principales disposiciones, estableció la subordinación de las policías provinciales a las FF. AA. y dividió el territorio nacional en zonas de defensa militares.
Este artículo analiza su implementación a partir de iluminar el caso de los “presos CONINTES” detenidos en la Base Naval de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, en 1960.[1] En este sentido, pretendemos responder una serie de interrogantes: ¿cómo fue la experiencia de los “presos CONINTES” en la base naval?, ¿cómo eran las condiciones de detención?, ¿de qué delitos fueron acusados?, ¿qué características tuvo la participación de las fuerzas de seguridad y FF. AA. en la implementación local del plan represivo? y ¿qué prácticas represivas se implementaron? Nuestro corpus documental está conformado principalmente por la prensa escrita local –los diarios La Capital y El Atlántico–[2] y por un conjunto de cartas escritas por los presos políticos desde su detención, en las que denuncian apremios ilegales.[3] Estos documentos, por su carácter denunciante, deben considerarse como textos dirigidos a una esfera pública, e incluso es posible pensarlos como “escrituras obligadas”, por el encierro y por la necesidad de dar a conocer una serie de hechos violentos y traumáticos, en las cuales el registro narrativo se ubica en los límites de lo público y lo privado, lo individual y lo colectivo, la resistencia y la represión (Jensen y Moreno Montero, 2013).
La elección de la escala local constituye una apuesta metodológica que invita a que nos apartemos de las lecturas nacionales para construir nuevas preguntas a partir de la consideración de las dinámicas políticas y sociales de los espacios locales o regionales (Águila, 2015, 2021; Seitz y Rodríguez, 2017; Bandieri, 2018; Bohoslavsky et al., 2018).[4] Hacia 1960, Mar del Plata era el principal destino turístico del país, donde confluían las diferentes clases sociales (Pastoriza y Piglia, 2023). La ciudad atravesaba un proceso vertiginoso de construcción en altura, denominado “boom inmobiliario”, que transformó su fisonomía y características demográficas. Al mismo tiempo, las FF. AA., con presencia de bases correspondientes a las tres fuerzas (Aérea, Ejército y Armada), tenían una participación destacada en la ciudad, como se puede evidenciar en la prensa local. Por último, durante el gobierno de Frondizi, los sindicatos marplatenses fueron protagonistas de diversas luchas que respondían, en ocasiones, a conflictos nacionales y, en otros casos, a disputas locales. A modo de hipótesis, consideramos que la implementación del CONINTES en la ciudad de Mar del Plata fue fundamental para gestionar el conflicto capital-trabajo, ya que funcionó como una política de disciplinamiento dirigida a los trabajadores en un contexto de elevados niveles de conflictividad, a través de la producción de prácticas y discursos que configuraron coordenadas de largo plazo para el ejercicio represivo estatal.
El escrito se organiza en cuatro partes. En primer lugar, ofrecemos un breve estado de la cuestión acerca de las investigaciones disponibles sobre el Plan CONINTES y la prisión política para el período considerado. En segundo término, reconstruimos el contexto histórico poniendo el foco en la ciudad de Mar del Plata, centrándonos en la conflictividad obrera a escala local. En un tercer momento, analizamos la experiencia de los “presos CONINTES” detenidos en la Base Naval. Por último, sintetizamos los resultados presentados y planteamos interrogantes para futuras indagaciones.
1. La prisión política como dispositivo represivo y el Plan CONINTES: un breve estado de la cuestión
La prisión ha sido utilizada históricamente en Argentina como herramienta de disciplinamiento y silenciamiento de la oposición política por gobiernos civiles y militares. La investigación sobre este tema ha sido extensa para el período entre la "Revolución Argentina" (1966-1973) y la última dictadura militar,[5] no así para la transición de los años cincuenta a sesenta. Durante la dictadura autodenominada “Revolución Libertadora” (1955-1958), se dio continuidad a las políticas de persecución dirigidas al comunismo, pero, además, los peronistas se convirtieron en uno de los blancos principales de la represión estatal (Ruffini, 2012; Castronuovo, 2016; Villarreal, 2020; Silva, 2023). A partir de 1955, tuvo lugar un proceso de actualización en las técnicas represivas del Estado, que se caracterizó por combinar de forma híbrida prácticas legales y clandestinas, y que tuvo como antecedentes los métodos implementados para la persecución del anarquismo y el comunismo en las décadas anteriores (Seveso, 2009). Con relación al período que nos interesa, Ariel Eidelman (2010) destaca la influencia de la Doctrina de Guerra Revolucionaria (DGR) francesa y, un poco más tarde, la Doctrina de Seguridad Nacional (DSN) norteamericana, que se reflejó en las transformaciones dentro de las FF. AA., la Policía Federal y los organismos de inteligencia. El CONINTES, implementado por Frondizi, es considerado por algunos autores como la primera adaptación legal de la DGR francesa (Peries, 2004; Summo y Pontoriero, 2012; Pontoriero y Franco, 2013; Pontoriero, 2015).[6] La influencia de esta doctrina extranjera se puede identificar, por ejemplo, en la subordinación de las policías provinciales a las FF. AA., el desarrollo de tareas de inteligencia y vigilancia, la división del territorio en zonas militares de defensa y el empleo de métodos tales como las torturas físicas y psicológicas.
En el último tiempo, se ha remarcado la importancia de profundizar en el conocimiento del CONINTES, entendiéndolo como un momento clave del período histórico inaugurado en 1955, y como parte de un “estado de excepción”, que contribuyó a la ampliación y la sistematización de las capacidades y modalidades represivas desplegadas desde el Estado durante gobiernos democráticos y dictatoriales posteriores (Franco, 2012; Pontoriero, 2019). El CONINTES constituye un antecedente fundamental en el accionar represivo estatal que tuvo lugar en las décadas siguientes, porque habilitó la participación de las FF. AA. en tareas represivas dentro de las fronteras nacionales. Además, como plantea María Marengo (2018), el contexto de su implementación coincidió con la intensificación de las tareas de inteligencia y espionaje político, lo que permitió individualizar a los sujetos considerados “peligrosos”, catalogados como “terroristas”, “saboteadores” o “agitadores”, en términos de los propios agentes policiales.
El CONINTES logró cumplir con los objetivos que perseguían el gobierno y las FF. AA.: desarticular a la “Resistencia Peronista”,[7] reprimir al comunismo, y disciplinar a la clase obrera a partir de la persecución y encarcelamiento de dirigentes políticos y gremiales. Los “presos CONINTES” fueron objeto de diversos apremios ilegales, como torturas físicas y psicológicas impartidas por agentes policiales y militares. Durante la implementación de este plan represivo, existieron dos escuelas de tortura: la militar, de nueva trayectoria, y la policial, esta última de larga data dentro de las cárceles (Castronuovo, 2018, 2023). En este sentido, uno de los rasgos más destacados con relación a las transformaciones que tuvieron lugar en el dispositivo represivo de la prisión política en el marco del CONINTES fue el desdibujamiento de los roles de la Policía y las FF. AA., pues se comenzó a considerar que los presos políticos debían ser abordados militarmente (D’Antonio, 2016b).
Es necesario señalar que la mayoría de las indagaciones acerca del CONINTES han adoptado una mirada a escala nacional, o al menos capitalina (Fayó, 2010; Pontoriero y Franco, 2013; Pontoriero, 2015). Para la implementación de este plan represivo, el Ejército dividió al territorio nacional en zonas de defensa. En ese esquema, Mar del Plata formó parte de la Zona de Defensa I que se encontraba a cargo del cuerpo n.° 3 del Ejército.[8] Sin embargo, solo unos pocos trabajos han adoptado la perspectiva regional o local con el objetivo de construir conocimiento empírico sobre la implementación de este plan represivo en las diferentes regiones del país. En el caso de la ciudad de La Plata, que formaba parte de la Zona de Defensa I al igual que Mar del Plata, la represión estuvo principalmente dirigida a jóvenes militantes peronistas que actuaban en la política universitaria (Pis Diez y Robles, 2019). Por otro lado, en las provincias de Chaco y Corrientes, que formaron parte de la Zona de Defensa II, la Policía Federal actuó con cierta autonomía respecto a las FF. AA., en un marco de tensiones y conflictos fronterizos que caracterizaron a la región (Castelo y Chao, 2022). Por último, la zona patagónica, históricamente pensada por el Estado argentino como un “lugar de presidio”, formó parte de la Zona de Defensa V y fue escenario de uno de los principales espacios de reclusión de “presos CONINTES” (Ruffini, 2019). Nos referimos a la cárcel de Ushuaia, donde estuvieron detenidos un grupo de marplatenses, como veremos más adelante. Estos trabajos contribuyeron a profundizar el conocimiento sobre las formas específicas que adoptó la implementación del plan represivo en los espacios locales, hacia quiénes estuvo dirigido y quiénes participaron directamente de su ejecución.[9]
Por lo tanto, si bien disponemos de valiosos antecedentes para indagar en los aspectos teóricos y prácticos de la normativa en una dimensión nacional, nos interesa inscribir este trabajo en el marco de aquellas investigaciones que han adoptado una mirada a escala local y han focalizado su atención en la experiencia de los presos políticos durante el desarrollo de la principal política represiva del gobierno de Frondizi: el Plan CONINTES.
2. Mar del Plata: política, economía y sociedad (1955-1960)
2.1. De los bombardeos al retorno del socialismo
La sublevación militar que culminó con el derrocamiento del gobierno de Juan Domingo Perón en 1955 implicó el ejercicio de la violencia contra la población civil, que había salido a las calles a defender al gobierno democrático. La dictadura autodenominada “Revolución Libertadora” inauguró una larga etapa de proscripción para el peronismo, y de persecución política hacia sus dirigentes y adherentes, además del exilio de su líder. Al mismo tiempo, planteó una continuidad en las políticas represivas contra el comunismo, que, en el marco de la Guerra Fría, se constituyó como el “enemigo interno” a combatir, mientras que, luego de 1955, el peronismo también comenzaría a formar parte de esta conceptualización. La Armada Argentina (ARA), en el marco de la sublevación militar que derrocó a Perón, bombardeó diferentes puntos estratégicos de la ciudad-puerto de Mar del Plata y miembros de esta fuerza ocuparon cargos fundamentales en el gobierno local (Nieto, 2009; Ferreyra y Nieto, 2019; Barragán y Portos Gilabert, 2023). En 1958, con el peronismo proscripto, fue electo presidente Arturo Frondizi de la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI). Al mismo tiempo, en Mar del Plata, Teodoro Bronzini del Partido Socialista (PS) asumió la intendencia, con un discurso que apelaba a una ciudadanía consciente y civilizada, levantaba la bandera de una administración pública transparente y racional, y apuntaba a la pacificación social (Ferreyra, 2009).[10] En los diarios locales –La Capital y El Atlántico–, podemos notar que el cambio de gobierno tanto a nivel nacional como municipal fue bien recibido, enfatizándose en los análisis el retorno de la constitucionalidad y la legalidad. Sin embargo, estas ideas no implicaban una crítica al gobierno militar saliente, sino que, por el contrario, se elogiaba su labor en la recuperación de la “normalidad democrática” y su “responsable conducción del país”.[11]
La ciudad de Mar del Plata atravesaba, en ese entonces, transformaciones demográficas y urbanas, y presentaba potencialidades para consolidar su desarrollo económico centrado en el turismo. A partir de la década del cincuenta, tuvo lugar un gran boom inmobiliario y la industria de la construcción se convirtió en una de las “ruedas maestras” de la economía local, muy vinculada al veraneo y al ascenso de las clases medias, que construían su segunda propiedad frente al mar (Pegoraro, 2018). Esta actividad, que brindaba oportunidades laborales todo el año, configuró a Mar del Plata en un polo de atracción para numerosos trabajadores del país (Pegoraro, 2020). El gobierno socialista de Bronzini tomó medidas que acompañaron el crecimiento de la ciudad, su transformación y modernización, mediante la realización de obras públicas para mejorar la infraestructura de los barrios y la pavimentación de las calles. Para inicios de los años sesenta, Mar del Plata era el destino vacacional predilecto para las diversas clases sociales (Pastoriza y Piglia, 2023). Sin embargo, el crecimiento económico y el desarrollo urbanístico no estaban exentos de tensiones y conflictos.
2.2 Huelgas y detenciones. Conflictividad política y sindical
Durante el gobierno de Frondizi, la relación con los trabajadores fue compleja y tensa, fueron frecuentes las huelgas y se intensificaron los sabotajes en las fábricas y los “actos terroristas”, que eran atribuidos principalmente a la “Resistencia peronista” (James, 2003; Melón Pirro, 2018). Grandes conflictos obreros, como la huelga de los trabajadores del petróleo, la toma del frigorífico Lisandro de la Torre o la extensa huelga bancaria, son ejemplos que reflejan la conflictividad sindical del período.
Hacia fines de la década del cincuenta, existían, en Mar del Plata, dos centrales obreras de diferente ideología: la Confederación General del Trabajo (CGT) local, de filiación peronista, y la Unión Obrera Local (UOL), de tendencia anarquista.[12] A pesar de las diferencias ideológicas, ocasionalmente se unieron para llevar adelante sus demandas, como en el caso de las campañas por la carestía de vida, que denunciaban el aumento de los precios de los artículos de primera necesidad y alimentos. Esto se vinculaba con el viraje en la política económica de Frondizi que, ante el fracaso de las medidas desarrollistas, optó por la ortodoxia liberal implementada por Álvaro Alsogaray.[13] El ministro impulsó la reducción del gasto público para contener la inflación y acordó un préstamo con el Fondo Monetario Internacional –FMI–, que tenía como contrapartida un plan de estabilización. Estas medidas se tradujeron en la disminución de los salarios reales y el crecimiento de la desocupación, lo que motivó huelgas en todo el país. En Mar del Plata, las dos centrales obreras participaron activamente de las acciones de protesta convocadas a nivel nacional.
Debido a la conflictividad sindical, el gobierno decretó el estado de sitio en todo el país el 12 de noviembre de 1958.[14] Ese día, el diario La Capital informaba sobre el decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), en el cual se afirmaba que las huelgas organizadas por los sindicatos tenían un carácter insurreccional. Además, se daban a conocer las detenciones que había llevado adelante la Policía Federal en la ciudad de Mar del Plata. Entre los detenidos, se encontraba el asesor letrado de la CGT, el abogado laboralista Norberto Centeno.[15] El diario El Atlántico también daba a conocer estos hechos, resaltando que todos los detenidos eran dirigentes comunistas y peronistas.[16] Al día siguiente, se comunicó en las páginas de La Capital que los familiares de los presos políticos habían acudido a representantes del Concejo Deliberante para pedir que se pronunciaran en contra del estado de sitio y a favor de la liberación de los presos políticos.[17] El estado de sitio y las detenciones a las que dio lugar también fueron repudiadas por la CGT regional, que exigía la liberación de todos los presos y puntualmente de su asesor letrado.[18] A pesar de estas medidas, la conflictividad sindical no se detuvo y el año 1959 se caracterizó por un incremento de la agitación obrera contra el gobierno, motivo por el cual, desde las autoridades civiles y militares del gobierno, se continuó construyendo un discurso que buscaba emparentar las luchas obreras con actos de violencia. Este discurso pretendía justificar la necesidad de implementar medidas más severas.
3. La implementación local del plan represivo: el caso de los “presos CONINTES” detenidos en la Base Naval de Mar del Plata
El 15 de marzo de 1960, la ejecución del Plan CONINTES fue portada de los diarios marplatenses. Este plan se basó en dos decretos del PEN (n.° 9880[19] y n.° 2628):[20] el primero de ellos planteaba la existencia de una situación de peligro para el orden público y asignaba a las FF. AA. como responsables de mantener dicho orden y, bajo esa premisa, establecía la subordinación de las policías provinciales a las fuerzas militares; por otro lado, el segundo decreto creó el cargo de “autoridades CONINTES” en las tres FF. AA., que estarían a cargo de cada zona o subzona de defensa. Como complemento a los decretos anteriores, fue declarada la “situación de emergencia grave” (decreto del PEN n.° 2639),[21] ya que se argumentaba la existencia de un plan que buscaba perturbar el orden constitucional y prueba de ello eran los “actos de terrorismo”. De esta manera, se justificaba la necesidad de tomar acciones extraordinarias. El decreto sometía a jurisdicción militar a quienes cometieran infracciones y delitos previstos por el Código de Justicia Militar y el Código Penal –participación criminal, instigación, asociación ilícita, apología del crimen y encubrimiento–, que serían juzgados en Consejos de Guerra.[22]
El 17 de marzo, El Atlántico daba a conocer que una “organización terrorista” que operaba en Mar del Plata había sido desarticulada y se encontraba a disposición de la autoridad militar. Agregaba que las personas detenidas habían confesado ser los responsables de sabotajes, robo de explosivos y otros hechos, y que se encontraban recluidos en la base naval a disposición del comando CONINTES.[23] Estos marplatenses fueron detenidos por la madrugada, en algunos casos por el personal de la Seccional 4.a de la Policía, y en otros por la Seccional 2.a, sus domicilios fueron allanados sin ningún tipo de orden judicial y fueron trasladados primero, por poco tiempo, a dependencias policiales, para luego ser llevados a la base naval. Allí, quedaron alojados en el Casino de Oficiales, donde estuvieron incomunicados por algunos días. De esta manera, la Base Naval de Mar del Plata, en cuyas instalaciones funcionó el principal centro clandestino de detención de la ciudad durante la última dictadura militar, se constituyó en una pieza clave del entramado represivo de la implementación local del CONINTES. Esto resulta llamativo si tenemos en cuenta que, a nivel nacional, la autoridad responsable del plan represivo fue el comandante en jefe del Ejército, el general Carlos Toranzo Montero. También correspondió a la fuerza de tierra la organización y la división del territorio en las zonas de defensa anteriormente mencionadas y la creación de los cuerpos específicos para cada zona (Pontoriero, 2022). Sin embargo, podemos identificar que, en el caso de Mar del Plata, el rol protagónico en la ejecución del Plan estuvo a cargo de la ARA en articulación con la Policía provincial.
Luego de permanecer algunas semanas en la base naval, los detenidos fueron trasladados a diferentes dependencias militares y policiales del país, siendo su último espacio de reclusión la cárcel de Ushuaia. Desde allí, denunciaron haber sido víctimas de apremios ilegales, y sus esposas, quienes tuvieron la posibilidad de visitarlos, tuvieron un rol destacado en la difusión de las denuncias. Por otro lado, la política local, más allá de las diferencias ideológicas entre los partidos, mantuvo una actitud de repudio frente a las denuncias del accionar ilegal de agentes policiales.[24] Sin embargo, el motivo por el cual estos hechos se dieron a conocer fue la visita de representantes de la Comisión Especial Investigadora por Supuestos Apremios Ilegales (CEISAI) de la Cámara de Diputados de la Nación a la cárcel de Ushuaia. Los diputados mantuvieron entrevistas con los presos políticos, entre ellos, algunos de los marplatenses detenidos.[25] La visita tuvo lugar a partir de la solicitud de Norberto Centeno, quien junto a Dionisio Pereyra y Carlos Menéndez, todos ellos abogados laboralistas, ocuparon un lugar destacado en el proceso de denuncia de los apremios ilegales. Ante la visita, algunos de los detenidos escribieron cartas dirigidas a la CEISAI en las que denunciaban las condiciones de detención y las diferentes torturas físicas y psicológicas que habían soportado desde el inicio de su arresto.
Los autores de las cartas que a continuación analizaremos son Alfredo Armando Krainbuhl, a quien hemos identificado como delegado de los obreros de la carne a partir de su mención en el legajo de la CGT regional, elaborado por la delegación de Mar del Plata de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA),[26] aunque en su carta se define como “viajante”;[27] Norberto Centeno, abogado laboralista, asesor letrado de la CGT; José Laureano Cabral, presidente del Partido Justicialista de General Pueyrredón; Carlos E. Menéndez, abogado laboralista; Pedro Ernesto y Ángel Altuna, militantes que eran vinculados por los agentes de inteligencia a la llamada “Resistencia Peronista”. Estos últimos aparecen en las fuentes asociados a un robo de dinamita el 15 de noviembre de 1959 en la carpeta “Material Bélico” del Archivo de la DIPPBA.[28] Todos ellos estuvieron detenidos inicialmente en la Base Naval de Mar del Plata. Teniendo en cuenta las características de las cartas, no podemos ignorar las diferencias acerca de las profesiones, trayectorias y militancias de sus autores. Es decir, en el caso de los abogados, encontramos una denuncia de aquellos procedimientos ilegales y violatorios de derechos constitucionales, así como también una crítica a la legislación que sancionó e implementó el gobierno de Frondizi a partir de su conocimiento del derecho, mediante la utilización de un vocabulario específico y técnico. Por otro lado, las cartas de Pedro Ernesto, Alfredo Krainbuhl y Ángel Altuna se caracterizan por detallar minuciosamente el proceso de arresto, las condiciones de detención en las diferentes dependencias militares a las que fueron trasladados y, además, incluyen referencias a sus familias, ya sea porque fueron objeto de amenaza o porque no se les permitía la comunicación y el envío de correspondencia. En el caso de Cabral, su escrito se ve atravesado por referencias constantes a su militancia política y sindical, motivo por el cual fue tratado con especial encono por parte de los agentes policiales.
Acerca de la experiencia de prisión política en la Base Naval de Mar del Plata, Norberto Centeno denunciaba que:
se obligó a los detenidos –incluso por supuesto al suscripto– a permanecer durante 14 días (la totalidad de los que insumió nuestra permanencia en tal dependencia) mirando la pared, a una distancia de 10 a 20 centímetros, sin posible movimiento ya que se mantenía a la espalda vigilancia armada de ametralladoras y cuya misión consistía en mantener despierto y en aquella posición a los detenidos.[29]
En las cartas, se repiten descripciones similares. Durante ese tiempo, tuvieron que padecer hambre y sed, solo tenían permitido dormir de dos a tres horas por día y no disponían de ningún tipo de intimidad para hacer sus necesidades fisiológicas o bañarse. Luego del “plantón” frente a la pared, como se lo conocía en la jerga represiva, los obligaron a permanecer sentados en un banco sin respaldo. La tortura de los primeros días incluyó salidas a la intemperie, frente al mar y con lluvia por varias horas.
No se trataba solamente de tormentos que generaban consecuencias físicas en los detenidos, sino que existía una clara intención de vulnerarlos psicológicamente. En palabras de Centeno, se trataba de una “tarea de ablande físico y psíquico”. En su carta, Centeno cuenta que eran expuestos a la iluminación artificial durante el día y la noche, y, en una ocasión, su compañero de detención, Laureano Cabral, se desvaneció y entró en un estado de inconsciencia por la obligación de mirar por horas una pared blanca.[30] Otro abogado laboralista detenido en la base naval, Carlos Menéndez, utilizó expresiones similares para describir su propia experiencia de detención: “durante el período de los trece días, sufrí alucinaciones, viendo imágenes en la pared, como consecuencia de no permitírsenos quitar la mirada en otro lugar que no fuera la misma”[31].
En algunos casos, a estos métodos se sumaban sesiones de tortura con picana eléctrica. Pedro Ernesto describía en su carta el accionar de los oficiales de la Policía que estaban actuando en la base naval:
fui llamado al cuarto de los interrogatorios por un señor a quien llamaban comisario Salcedo, este señor … me vendó los ojos en la puerta de salida, tomándome de mi brazo me hizo subir a su vehículo automotor, en el cual se encontraban otras personas que se reían y conversaban entre ellos, después de un rato de marcha, por cálculo mental 20 minutos, me bajaron, me llevaron de los brazos y piernas un trecho, y me hicieron caminar dirigiéndome ellos de un brazo, por lo que creo que era mi habitación. Me sacaron las esposas, no la venda de los ojos, me desnudaron y me colocaron de espalda, en lo que me imaginé fuera una mesa, me pusieron correas en las muñecas y tobillos boca arriba estirado y una persona con un objeto me tapaba la boca, un señor que hablaba en tono gallego dijo “la picana”… me la pasaban por los testículos, miembro, pechos, brazos, muñecas, vientre.[32]
El oficial Salcedo que es mencionado en esta carta era el jefe de la Brigada de Investigaciones de la Policía en Mar del Plata y estuvo involucrado en denuncias de tortura que efectuaron cuatro obreros de la construcción allí detenidos unos meses más tarde. En este caso, el funcionario policial estaba actuando bajo la órbita de la ARA en la Base Naval, lo que da cuenta de las articulaciones entre esta fuerza y la Policía provincial. En las cartas, también aparece mencionado otro oficial de la Policía, de apellido Villaverde, quien estaba a cargo de la Seccional 4.a. Esta articulación también se puede apreciar en el traslado de presos hacia diferentes dependencias militares y policiales del país, circuitos que buscaban aislar a los presos de sus lugares de origen. En el caso de los detenidos en Mar del Plata, el circuito fue: Comisaría 2.a o Comisaría 4.a, Base Naval de Mar del Plata, Base Naval Puerto Belgrano en Bahía Blanca (donde funcionaba un Consejo de Guerra Especial), Penal de Magdalena (instituto a cargo de las FF. AA.) y, finalmente, la Base Naval de Ushuaia, donde funcionaba la cárcel.
En su investigación, Sabrina Castronuovo (2023) analizó los circuitos de traslado y también las prácticas represivas implementadas en las diferentes dependencias militares y policiales a partir de las denuncias recabadas por la CEISAI, demostrando que existió una similitud en cuanto a la descripción de las condiciones de detención y el padecimiento de torturas y malos tratos entre “presos CONINTES”, que se encontraban en distintos puntos geográficos. Esto da cuenta de una preparación previa de los agentes represivos y de cierta sistematicidad en la implementación de determinados métodos y prácticas a lo largo del país. En este punto, resulta interesante señalar que las prácticas represivas implementadas respondían a diferentes tradiciones, mientras que la picana eléctrica se encontraba extendida en su uso como método de tortura por parte de las Policías, otras técnicas descriptas, como el permanecer inmóvil casi sin beber agua, sin dormir y sin ver la luz del día, formaban parte de las nuevas técnicas incorporadas por las FF. AA. a partir de la influencia de la DGR, que impulsaba acciones psicológicas para combatir al enemigo. Por otro lado, la utilización de la picana eléctrica como método de tortura aparece mencionado solo en las cartas de Pedro Ernesto, Laureano Cabral y Carlos Menéndez. Este último refiere que, a modo de amenaza, le dijeron que iban a aplicarle la picana, pero finalmente no sucedió, mientras que los dos primeros fueron torturados con este método. Podemos hipotetizar acerca de por qué fue utilizada la picana como método de tortura solo en determinados presos. En este sentido, quienes parecen haber soportado castigos más severos eran trabajadores con una militancia sindical peronista, como Cabral describe en su carta la violencia ejercida contra él: “Hasta se me escupió en la cara gritándome vas a morir en la cárcel ‘peronista putos’ [sic]”.[33]
Con relación al proceso judicial, los detenidos fueron sentenciados por un Consejo de Guerra en Puerto Belgrano, acusados de haber cometido actos de “terrorismo” en Mar del Plata y Capital Federal. Altuna recibió una pena de cuatro años de prisión, Krainbuhl de dos años, Cabral de cinco años, mientras que Ernesto fue sentenciado a quince años de reclusión, la pena más alta de los casos aquí analizados. Los abogados Menéndez y Centeno recibieron una sentencia de siete y nueve años de prisión, respectivamente. Todos fueron acusados de sabotaje, delito previsto en el art. n.° 12 inciso c, y en relación al art. n.° 7 de la Ley 13985 (“Penalidades para los que atentan contra la seguridad de la Nación”).[34]
A algunos de ellos, a fuerza de amenazas incluso armadas, se les obligó a firmar en la Base Naval de Mar del Plata “papeles” en los que asumían la responsabilidad por los delitos que se les imputaban. Esta práctica de obligar a los detenidos a asumir su culpabilidad también se extendió en diferentes espacios de reclusión del país. Como sostiene Castronuovo (2023), se puede presumir que se trataba de una estrategia del gobierno nacional y las FF. AA. para otorgar legitimidad al discurso oficial acerca del “peligro terrorista”, ya que este había sido el argumento principal para sancionar la legislación de excepción. En las cartas, consta que un método utilizado para obligarlos a asumir la culpabilidad eran las amenazas hacia sus familias: Menéndez denunció haber sido coaccionado con grabaciones y sonidos falsos que eran atribuidos a su esposa y Krainbuhl expresó en su carta que lo amenazaron con matar a sus hijos. En el caso de Pedro Ernesto, cuando su esposa lo visitó en Puerto Belgrano, le contó que en más de una oportunidad irrumpieron en su casa en horas de la madrugada obligándola a ella y a sus hijos a salir de la vivienda desnudos; también les arrojaban piedras en el techo por las noches.[35]
En conclusión, en la Base Naval de Mar del Plata existieron prácticas y procedimientos criminales que fueron conocidos a través de las denuncias que formularon los mismos detenidos o sus familiares. Sin embargo, no hubo una resolución judicial al respecto y los “presos CONINTES” fueron liberados en el año 1963, debido a una amnistía decretada por el entonces presidente José María Guido (Ruffini, 2019).
4. Palabras finales
La implementación del CONINTES constituyó un momento “bisagra” en el accionar represivo estatal de la segunda mitad del siglo XX en Argentina, debido a los antecedentes normativos que sentó —tales como la subordinación de las fuerzas de seguridad a las FF. AA., el juzgamiento de civiles a través de tribunales militares y la concentración de poderes en el PEN—, y a que los procesos represivos posteriores presentan continuidades con relación a algunos de estos elementos. Una mirada local como la que aquí realizamos nos permite advertir que este plan represivo funcionó como una instancia germinal de prácticas y discursos que se ampliaron y sistematizaron durante las décadas siguientes. Las técnicas de tortura física y psicológica a las que fueron sometidos los presos en la Base naval, la incomunicación y aislamiento de los detenidos y la creación de procesos judiciales que no respetaban las garantías y derechos consagrados en la Constitución Nacional son algunos de los elementos que pudimos identificar a partir de los testimonios de los “presos CONINTES” de la ciudad de Mar del Plata.
Por otro lado, pudimos constatar que la fuerza militar que mayor relevancia tuvo en lo relativo a la ejecución del CONINTES a escala local fue la ARA, en coordinación con la Policía. Esto último cobra relevancia a la luz de las investigaciones disponibles sobre el entramado represivo de la última dictadura militar en la ciudad de Mar del Plata, cuando esta fuerza también desempeñó un rol central, especialmente la Fuerza de Tareas n.° 6, que tenía su sede principal en la misma base naval, donde funcionó el centro clandestino de detención más importante de la ciudad (Barragán e Iturralde, 2019). Esta dependencia se configuró, entonces, en un espacio de castigo y reclusión política que puede ser analizado en una larga duración. La construcción de conocimiento empírico acerca del accionar represivo de esta fuerza durante los años cincuenta y sesenta en la ciudad constituye una tarea pendiente para futuras investigaciones.
Entre los detenidos en la Base Naval de Mar del Plata, encontramos como hecho destacado que tres de ellos eran abogados laboralistas (Dionisio Ángel Pereyra, Norberto Centeno y Carlos Menéndez), con una identidad política peronista. Los profesionales dedicados a la defensa de los trabajadores fueron uno de los blancos privilegiados de la represión en la ciudad de Mar del Plata durante el CONINTES, así como también durante la última dictadura militar. En este sentido, es posible preguntarnos sobre las trayectorias de estas personas. El caso de Norberto Centeno, preso político durante diferentes gobiernos civiles y militares, secuestrado y asesinado en 1977, nos invita a pensar en los procesos represivos a largo plazo y en la construcción de un “enemigo interno”. Otros de los “presos CONINTES” mencionados en este trabajo, como Pedro Ernesto, Laureano Cabral y Alfredo Krainbuhl, tenían una militancia sindical activa dentro del peronismo. Consideramos que su encarcelamiento, al igual que el de los abogados laboralistas, operó como forma de castigo al movimiento obrero organizado en un contexto de elevada conflictividad gremial.
Finalmente, consideramos que los resultados obtenidos deben dialogar con problemas de mayor alcance para comprender tanto procesos históricos locales como nacionales. Al respecto, compartimos la aspiración que plantea Gabriela Águila (2021) cuando dice que “la mirada desde lo particular, lo micro o lo local ilumine, complejice y contribuya a la explicación y la comprensión del proceso en su singularidad tanto como de lo general, lo nacional, lo global” (p. 11). Este trabajo pretende ser un punto de partida para profundizar en el análisis de este plan represivo, identificar las continuidades en el accionar represivo estatal de gobiernos civiles y militares e inscribirlo en procesos de largo plazo que contemplen las dinámicas locales de la conflictividad gremial, la trayectoria de los actores políticos y sociales, y la circulación de prácticas y discursos vinculados a la violencia estatal en la historia reciente argentina.
5. Referencias bibliográficas
Notas
[1] Este artículo sintetiza resultados de la investigación realizada por la autora en el marco de su tesis de licenciatura en Historia (Bilbao, 2023). Agradecemos los comentarios y las sugerencias de quienes evaluaron el escrito desde la revista.
[2] Las fuentes hemerográficas citadas a lo largo del trabajo (los periódicos La Capital y El Atlántico, ambos de Mar del Plata) se encuentran disponibles en la Hemeroteca del Archivo Histórico Municipal “Roberto T. Barilli” de Mar del Plata. A modo de presentar brevemente los diarios analizados, podemos decir que La Capital fue fundada en 1905 por Victorio Tetamanti, un empresario de origen italiano radicado en dicha ciudad, vinculado a sectores terratenientes y al Partido Conservador. Se trata del diario más antiguo de la ciudad, con vigencia hasta el presente, y el de mayor tirada dentro de la prensa local. Durante el período que interesa a esta investigación, el propietario y director del diario fue Tomás Stegagnini, vinculado al Partido Demócrata Progresista. A lo largo de su historia, el diario construyó una autoidentificación con la ciudad, y se posicionó como intérprete y vocero de Mar del Plata. Respecto a El Atlántico, fue fundado en 1938 por Manuel Castagni y Amadeo Courel, hacia inicios de los sesenta ofrecía una edición breve, de unas ocho páginas, en un formato “tabloide” y con un estilo “sensacionalista”.
[3] Las cartas son copias cedidas por la Biblioteca Nacional Mariano Moreno al Archivo del Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos –ex Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina–, Mar del Plata. Las originales se encuentran en el departamento de Archivos de la Biblioteca, Fondo Centro de Estudios Nacionales, Subfondo Presidencia Arturo Frondizi.
[4] Esto no implica ignorar las lecturas nacionales o no hacer referencia a ellas, sino ponerlas en diálogo para evidenciar coincidencias o contradicciones. La historia local o regional como perspectiva metodológica contiene esas miradas, pero intenta no reproducirlas o naturalizarlas, sino que prioriza construir preguntas específicas a partir de la escala de análisis elegida (Bandieri, 2018). En este sentido, nuestro estudio del CONINTES en Mar del Plata tiene como punto de partida las dinámicas de conflictividad política y sindical que tuvieron lugar en la ciudad y los actores intervinientes.
[5] Sin la pretensión de ser exhaustivos, nos interesa destacar aquellas investigaciones que se preocuparon por las formas de resistencia de los presos y presas políticas durante el período señalado. En este sentido, César Seveso (2009) plantea la posibilidad de considerar a las cárceles como “escuelas de militancia”, donde circularon valores como la igualdad, la camaradería, la fraternidad y el compañerismo. Al mismo tiempo, Santiago Garaño (2020) aborda las experiencias de prisión política del período 1974-1983 a partir de un cruce entre memorias y estudios de la represión, para dar cuenta de una “dimensión productiva” de las experiencias carcelarias, vinculada a la constitución de identidades políticas y lealtades grupales. Los trabajos de Débora D’Antonio (2016b) y Eidelman (2010) analizan las transformaciones en el aparato represivo estatal desde el golpe de 1966 hasta el inicio de la última dictadura militar en 1976, a partir de considerar la influencia de la DSN. Ambos autores recuperan las experiencias de las y los presos políticos durante las décadas del sesenta y setenta, con el objetivo de dar cuenta del desarrollo histórico de la prisión política como forma “legalizada” de la represión estatal y establecer continuidades entre el lapso analizado y la última dictadura militar. Con relación al tratamiento de los presos y presas políticas en las cárceles, el análisis es complejizado por D’Antonio al considerar las relaciones sexogenéricas en el sistema carcelario.
[6] La influencia de las doctrinas militares extranjeras debe entenderse en el marco internacional de la Guerra Fría; para el espacio latinoamericano, la “Revolución Cubana” de 1959 fue el suceso más relevante del período. A partir de entonces, la influencia de Estados Unidos en las FF. AA. argentinas fue en aumento y, posteriormente, se cristalizaría en la DSN que reflejaba la ideología anticomunista del país del norte. Esta doctrina, junto a la DGR, aplicada en Indochina y Argelia por Francia en las llamadas guerras de descolonización, postulaban la necesidad de combatir al “enemigo interno” y fueron las principales influencias doctrinarias que recibieron los militares argentinos desde mediados del siglo XX. Sobre este tema véase: Mazzei (2002), Peries (2004), Ranalletti (2011) y Pontoriero (2016).
[7] La “Resistencia peronista” fue un movimiento escasamente articulado, con presencia en las fábricas y también en sectores juveniles peronistas. Surgió en 1955 a partir de la proscripción del peronismo y en oposición a la dictadura autodenominada “Revolución Libertadora”. La cultura política del peronismo en este período estuvo signada por un imaginario insurreccional que se expresaba en una amplia gama de acciones de movilización y resistencia, como sabotajes, colocación de explosivos, actos terroristas, distribución clandestina de panfletos, entre otras (James, 2003).
[8] La Zona de Defensa abarcaba Buenos Aires, desde Bahía Blanca hacia el norte de la provincia, Capital Federal y la provincia de La Pampa; la Zona de Defensa II: las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Chaco, Misiones y Formosa; la Zona de Defensa III: La Rioja, San Juan, Mendoza, San Luis y Córdoba; la Zona de Defensa IV: Tucumán, Salta, Catamarca, Jujuy y Santiago del Estero. Por último, la Zona de Defensa V: Subzona (a), Río Negro, Neuquén, sur de la provincia de Buenos Aires desde Bahía Blanca; Subzona (b), Chubut y Santa Cruz (Chiarini y Portugheis, 2014).
[9] Con relación a las investigaciones que adoptan una mirada local o regional para estudiar el CONINTES, entendemos que excede a los objetivos de este trabajo realizar un análisis comparativo y consideramos que será una tarea por desarrollar en futuras indagaciones para poner en evidencia matices, coincidencias o divergencias acerca de la implementación del plan represivo en diferentes espacios nacionales. En este sentido, nuestro trabajo busca aportar a la construcción de conocimiento empírico sobre el CONINTES en Mar del Plata.
[10] El intendente electo era el principal referente del PS marplatense, previamente había ocupado el mismo cargo entre 1920-1921, 1924-1925 y 1928-1929; además, había integrado el cuerpo legislativo provincial como diputado. En la ciudad de Mar del Plata, el socialismo logró construir una tradición política más fuerte que la del radicalismo.
[11] Ha iniciado el país su ansiada etapa en la normalidad legal (2 de mayo de 1958). La Capital, p. 3.
[12] La UOL, fundada por la Federación Anarco-Comunista Argentina, fue la principal central obrera marplatense en los años cuarenta. Estuvo clausurada durante los gobiernos peronistas entre 1948 y 1955, ese año recuperó su funcionamiento y, hasta 1966, mantuvo una relativa importancia (Nieto, 2011).
[13] En el plano latinoamericano, los años cincuenta estuvieron marcados por las ideas conocidas como “desarrollistas”, que se gestaron en torno de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe –CEPAL–de las Naciones Unidas. Sostenían que era necesario fomentar la industrialización de los países latinoamericanos para alcanzar el desarrollo. Estas ideas, adaptadas al contexto nacional, fueron la influencia principal del proyecto de Frondizi y su primer ministro de economía Rogelio Frigerio, quienes se hicieron eco de un clima de época que vinculaba desarrollo con seguridad, en parte como estrategia para conseguir el apoyo de las FF. AA. para llevar adelante su política económica (Pontoriero, 2016). Sin embargo, signos de crisis en la economía y falta de apoyos políticos condujeron al abandono de su proyecto inicial y el viraje hacia una política económica liberal ortodoxa.
[14] El presidente dictó numerosos decretos para encarcelar a dirigentes políticos y gremiales vinculados fundamentalmente con el peronismo (John William Cooke, Lorenzo Miguel, Augusto Timoteo Vandor y José Ignacio Rucci, entre otros), acusados de ser los responsables de los planes insurreccionales y la agitación obrera.
[15] Centeno fue un abogado laboralista con una importante trayectoria profesional y militante dentro del peronismo local, fue asesor de la CGT y de numerosos sindicatos, e ideó el anteproyecto de la Ley de Contrato de Trabajo sancionada en 1974. En diversas oportunidades, vivenció la prisión política (1955, 1958, 1960 y 1969). Durante su detención en 1960, fue uno de los “presos CONINTES” recluidos en la Base Naval de Mar del Plata, luego trasladado a diferentes ciudades del país (Bilbao, 2023). Fue asesinado durante la última dictadura militar, en julio de 1977 en la “Noche de las Corbatas”, un operativo en el cual resultaron víctimas abogados comprometidos en la defensa de los derechos de los trabajadores.
[16] Numerosas detenciones en esta ciudad (12 de noviembre de 1958). El Atlántico, p. 1.
[17] Familiares de los detenidos políticos visitaron a los tres bloques de concejales locales (13 de noviembre de 1958). La Capital, p. 4.
[18] Sobre las detenciones, se ha pronunciado la CGT local (12 de noviembre de 1958). El Atlántico, p. 2.
[19] Boletín Oficial de la República Argentina. 5 de marzo de 2013, p. 6. Decreto (S) n.° 9880/1958. https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-9880-1958-209052
[20] Poder Ejecutivo Nacional. 13 de marzo de 1960. Decreto n.° 2628. “Subordinación de las policías provinciales a las Fuerzas Armadas; ejecución del Plan Conintes” (Anales, 1960, t. XX-A, p. 367).
[21] Poder Ejecutivo Nacional. 15 de marzo de 1960. Decreto n.° 2639. “Declaración de situación de emergencia grave; jurisdicción militar sobre delitos de intimidación pública y terrorismo” (Anales, 1960, t. XX-A, p. 367).
[22] Es necesario señalar como antecedente normativo a la Ley n.° 13234 “Normas para la organización de la nación para tiempos de guerra”, sancionada el 1° de septiembre de 1948 por el gobierno peronista, que estableció la posibilidad de juzgar a civiles en tribunales militares. Sin embargo, a diferencia del CONINTES implementado durante el gobierno de Frondizi, el escenario que se planteaba en dicha ley era el de una guerra interestatal y formaba parte de una doctrina de defensa nacional. De todas maneras, fue implementada en tiempos de paz durante las huelgas de los trabajadores ferroviarios entre 1950 y 1951 (Pontoriero, 2022). Sobre la justicia militar es necesario señalar que difiere sustancialmente de los procedimientos que prevé la justicia civil en cuestiones tales como los modos de acusación, la defensa, la prueba y la sustanciación de la sentencia. Durante su proceso, no se ofrecen pruebas de los delitos por los cuales son acusadas las personas juzgadas, tampoco los detenidos pueden elegir a su defensor, se les asigna uno de oficio que forma parte de la cadena jerárquica militar, y se desarrolla el juicio bajo el sumario secreto (D’Antonio, 2016a).
[23] Mantienen la reserva en el caso de las actividades terroristas (18 de marzo de 1960). El Atlántico, p. 5.
[24] Esto se refleja en algunas de las declaraciones o comunicados realizados por el Concejo Deliberante que, en ocasiones, fueron remitidos al cuerpo legislativo nacional. Por ejemplo, en junio de 1960, cuando se debatía en el Congreso la posibilidad de sancionar una “ley de represión del terrorismo” que contemplaba la pena de muerte, los concejales de General Pueyrredón se posicionaron en contra. Véase: Libro de Sesiones Concejo Deliberante General Pueyrredón (3 de junio de 1960). Período 59°, 7° reunión, p. 134. Biblioteca del Concejo Deliberante de General Pueyrredón, Mar del Plata. Ese mismo año, en el mes de septiembre, los concejales también se involucraron en la investigación de una denuncia de cuatro obreros de la construcción que fueron detenidos por motivos políticos en la Brigada de Investigaciones de la Policía y manifestaban haber sido víctimas de apremios ilegales. Véase: Libro de Sesiones Concejo Deliberante General Pueyrredón (16 de septiembre de 1960). Período 59°, 21° reunión, p. 433.
[25] El 28 de julio de 1960, en el Congreso de la Nación, fue creada la CEISAI a raíz de la proliferación de denuncias de presos de diferentes lugares del país. Estaba integrada en su mayoría por diputados de la UCRI y en minoría de la Unión Cívica Radical del Pueblo. Su tarea se limitaba a recibir las denuncias de los detenidos o sus allegados, entrevistarse con ellos y solicitar informes a los organismos públicos intervinientes y a las autoridades involucradas en cada caso (Castronuovo, 2023). La CEISAI funcionó desde agosto de 1960 a diciembre de 1961 y, si bien aquí nos referimos a la visita que realizó a Ushuaia, nos interesa mencionar que representantes de esta también viajaron a Mar del Plata en septiembre de 1960, a raíz de una denuncia por torturas de los obreros de la construcción que se encontraban detenidos en la Brigada de Investigaciones de la Policía por motivos políticos. La documentación generada por la CEISAI se encuentra disponible en el Archivo de la Cámara de Diputados de la Nación, Fondo de la Comisión Especial Investigadora de Supuestos Apremios Ilegales. Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Argentina.
[26] Policía de la provincia de Buenos Aires. 13 de agosto de 1959. Factor Gremial. Fondo DIPPBA, División Central de Documentación, Registro y Archivo, Mesa B, Carpeta 55, Legajo 16, Folio 84. Comisión Provincial de la Memoria, La Plata, Argentina.
[27] Carta de Pedro Ernesto (PE) dirigida a la CEISAI. Ushuaia, 9 de septiembre de 1960.
[28] Policía de la provincia de Buenos Aires. 17 de mayo de 1960. Material Bélico. Fondo DIPPBA, División Central de Documentación, Registro y Archivo, Mesa DS, Legajo 26.
[29] Carta de Norberto Centeno (NC) dirigida a la CEISAI. Ushuaia, 11 de septiembre de 1960, p. 1.
[30] Carta de NC dirigida a la CEISAI. 11 de septiembre de 1960, p. 2.
[31] Carta de Carlos Menéndez dirigida a la CEISAI. Ushuaia, 9 de septiembre de 1960, p. 1.
[32] Carta de PE dirigida a la CEISAI. Ushuaia, 9 de septiembre de 1960, pp. 1-2.
[33] Carta de Laureano Cabral dirigida a la CEISAI. Ushuaia, septiembre 1960, p. 3.
[34] Sentencia del Consejo Supremo de las FF. AA. 6 de septiembre de 1960. Colección CONINTES, AR-ANM-CONINTES, Archivo Nacional de la Memoria. CABA.
[35] Carta de PE dirigida a la CEISAI. 9 de septiembre de 1960, p. 7.